MARTÍN RODRÍGUEZ/INNOMBRABLE
MARTÍN RODRÍGUEZ/INNOMBRABLE
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El 11 de septiembre de 2026, alrededor de las 15:00 horas, en el cruce de las calles 10 de Mayo y Otongatepec, en Belén Atzizimititlán, Tlaxcala, un accidente de tránsito dejó al descubierto algo más grave que un simple choque: la distancia que existe, en la práctica, entre la ley que se impone a los ciudadanos comunes y la que se aplica —o se doblega— cuando quien va al volante es un magistrado.

De acuerdo con la versión de la afectada, Adriana Zae Jiménez Barreda, su vehículo fue impactado por una unidad Honda de color negro, placas XXV-529-D del Estado de Tlaxcala, conducida por Manuel Vázquez Conchas, magistrado de la Sala Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Tlaxcala.

El relato señala que el funcionario circulaba a exceso de velocidad, al parecer distraído escribiendo mensajes de texto, sin respetar el alto ni el tope fijo que obliga a disminuir la marcha en ese punto. El resultado: daños considerables al automóvil de la ciudadana.

Lo que sigue es, si se confirma, aún más preocupante. El conductor descendió sin soltar el celular, no se identificó como servidor público y, según se afirma, se presentó como empleado de una funeraria, alegando que debía retirarse por razones de trabajo.

Con la ayuda de otra persona, se retiró del lugar. Ambas unidades fueron aseguradas por la policía municipal y remitidas al corralón. Las actuaciones quedaron en el Ministerio Público de Chiautempan bajo la carpeta de investigación FG-AITLAX-I/2476/2026.

Horas después los propios policías municipales habrían aceptado que la indicación para “brindar la atención” al magistrado habría sido ordenada por el presidente municipal Azain Ávalos Marban.

Más adelante, de acuerdo con la información disponible, el mismo conductor habría cambiado de discurso: ya no era trabajador de funeraria, sino magistrado. Y no cualquier magistrado: uno que, según se señala, ha usado su cargo para influir en la investigación, ha afirmado que el vehículo pertenece al Tribunal Superior de Justicia y ha pretendido revertir la responsabilidad hacia la afectada.

Para evitar un juicio de valor existen grabaciones de video que mostraría la otra versión de los hechos —incluida la forma en que descendió del vehículo tras circular a alta velocidad— distinta a la que circula en documentos oficiales.

Si estos hechos se confirman, no estamos ante un accidente común. Estamos ante un caso que pone a prueba la credibilidad de un poder que debería ser ejemplo de imparcialidad. Un magistrado no es un ciudadano cualquiera, su investidura le otorga privilegios, sí, pero también le impone un deber reforzado de conducta.

Conducir distraído, no respetar señalamientos, abandonar el lugar y luego, según se alega, intentar usar el cargo para desviar la responsabilidad, no es solo una falta de civismo: es un acto que acaba con la confianza pública en las instituciones de justicia.

La afectada no solo enfrenta los daños materiales y la disrupción de su vida cotidiana, encara según su testimonio, el tráfico de influencias y la posible manipulación de evidencias. En un Estado de derecho, nadie debería poder escudarse en el cargo para eludir la reparación del daño ni para alterar el curso de una investigación.

El Ministerio Público tiene la obligación de actuar con total independencia, sin importar el nivel jerárquico del señalado. Los videos deben ser resguardados, peritados y valorados con el mismo rigor que cualquier otra prueba.

Este caso también cobra relevancia en el contexto de las reformas al Poder Judicial; el órgano encargado de sancionar y vigilar a los miembros del poder judicial es el Tribunal de Disciplina Judicial, a quien podría y debería interesarle de manera prioritaria este asunto. Si realmente se pretende construir un sistema más transparente y cercano a la ciudadanía, episodios como este no pueden quedar en el olvido ni resolverse en silencios cómplices.

Ese tribunal tiene la facultad y la responsabilidad de revisar la conducta de los magistrados y, en su caso, determinar las consecuencias disciplinarias que correspondan, porque la legitimidad de un juez no se mide solo por sus sentencias, sino también por su conducta fuera del estrado.

No se trata de prejuzgar, solamente de exigir que la investigación sea seria, transparente y ajena a presiones. Que se determine con claridad quién tenía el derecho de vía, quién violó las normas de tránsito, quién abandonó el lugar, quién, en su caso, intentó usar el poder para torcer la verdad y sobre todo, que se garantice la reparación del daño a quien lo sufrió.

Porque cuando un magistrado se comporta como si las reglas del camino no le aplicaran, el mensaje que envía es demoledor: que en Tlaxcala —y en México— todavía hay quienes creen que el cargo los coloca por encima de la ley y eso, simplemente, no puede seguir siendo aceptable.