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Valida SCJN facultad de UIT para revitalizar lenguas indígenas en riesgo
Valida SCJN facultad de UIT para revitalizar lenguas indígenas en riesgo

Educación, Ciencia y Cultura

Valida SCJN facultad de UIT para revitalizar lenguas indígenas en riesgo

  • Se estableció como prioridad el náhuatl y el yhumu, una acción afirmativa justificada, ya que el yhumu es hablado por menos de 400 personas en Ixtenco

Por mayoría de siete votos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la validez de la norma que faculta a la Universidad Intercultural de Tlaxcala (UIT) para generar proyectos de revitalización de las lenguas náhuatl y yhumu, una variante del otomí que se encuentra en alto riesgo de desaparición.

La controversia giraba en torno a la fracción IV del artículo 30 de la Ley que crea dicha universidad, la cual establece como una de sus atribuciones el “generar proyectos que involucren a la universidad para la revitalización de la lengua náhuatl y yhumu, así como las que considere pertinentes”.

El proyecto de sentencia inicial proponía invalidar este precepto por considerarlo discriminatorio y excluyente hacia los hablantes de otras lenguas indígenas en el estado. No obstante, la mayoría de los ministros se decantó por una interpretación distinta.

La Corte determinó que la norma no es subinclusiva, sino  una acción afirmativa justificada, el objetivo primordial es evitar la desaparición de variantes lingüísticas específicas de la región de Ixtenco, donde se ubica la universidad.

Se destacó que, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, el yhumu —la lengua indígena más hablada en Ixtenco— cuenta con menos de 400 hablantes, lo que la sitúa en una situación de extrema vulnerabilidad.

“La norma impugnada no busca la prevalencia de una lengua sobre otra y mucho menos la supresión directa o indirecta de otras lenguas, sino evitar que desaparezcan las variantes del náhuatl y del otomí que se hablan en la región”, se fundamentó en la resolución.

La SCJN aclaró que la disposición impugnada establece un “piso mínimo razonable y justificado”, al enfocar esfuerzos en las dos lenguas más amenazadas de la zona. Esto, lejos de eliminar la obligación de proteger otros idiomas indígenas, representa un punto de partida compatible con la protección progresiva de los derechos lingüísticos.

La facultad del Consejo de Pueblos y Comunidades de la universidad para desarrollar proyectos en favor del náhuatl y el yhumu no le impide actuar en favor de las demás lenguas que considere pertinentes, según lo establece la misma ley.

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