La nueva SCJN revisará un recurso de Grupo Elektra, propiedad de Ricardo Salinas Pliego, contra una deuda fiscal que data de 2012; tendrá seis meses para hacerlo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió un recurso más interpuesto por Grupo Elektra, propiedad de Ricardo Salinas Pliego, que busca tumbar un crédito fiscal de mil 609 millones de pesos, originario de 2012, en un nuevo intento por dilatar el pago de impuestos del empresario mexicano.
“Se admite el presente recurso de revisión”, indica la notificación publicada este jueves en los estrados de la SCJN. Grupo Elektra, la quejosa, interpuso este amparo contra la decisión del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, es decir, de la Ciudad de México, que acreditó en 2013 un “crédito fiscal por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), actualización, recargos y multas”.
Salinas Pliego, conocido por llevar hasta la fatiga este tipo de recursos dentro del Poder Judicial para evitar el pago de impuestos, tiene una deuda de alrededor de 74 mil millones de pesos con el Sistema de Administración Tributaria (SAT), de acuerdo con Grisel Galeano García, Procuradora Fiscal de la Federación.
Con este recurso admitido, corre entonces el plazo de seis meses para resolverlo, si es que no se desecha antes, ya que la Constitución indica que la SCJN “deberán resolver en un máximo de seis meses, contados a partir del conocimiento del asunto por parte de la autoridad competente”. Tendrá que resolverse a más tardar en marzo de 2026.
“En caso de cumplirse con el plazo señalado y que no se haya dictado sentencia, el órgano jurisdiccional que conozca del asunto deberá dar aviso inmediato al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones de dicha demora o, en su caso, dar vista al órgano interno de control tratándose de Tribunales Administrativos”, dice la Constitución mexicana.
La revisión de la Corte, confirmó la propia SCJN, tiene que ver con la constitucionalidad del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, pero el tema podría ni siquiera discutirse en el pleno, ya que, en caso de no ser relevante, podría desechar el caso. El pleno no revisará el litigio relacionado con las deducciones que realizó Elektra a partir de “pérdidas por venta de acciones” que usó la compañía para reducir el concepto de pago de ISR hace más de 13 años: eso ya fue resuelto por el Tribunal del caso.
CON INFORMACIÓN DE SIN EMBARGO











































































