Iniciaría el 17 de noviembre proceso para comisionado del IAIP; rendiría protesta el 12 de diciembre

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* Entre las etapas del proceso destacan la realización de dos evaluaciones: una escrita y otra oral; la persona designada iniciará funciones el 2 de enero de 2024.

Será a partir del próximo 17 de noviembre, con el registro de las personas aspirantes, cuando el Congreso del Estado inicie el proceso de designación del nuevo comisionado del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Tlaxcala (IAIPTlax), el cual culminará el 12 de diciembre, una vez que el Pleno lleve a cabo la elección mediante el voto de por lo menos las dos terceras partes de las diputadas y los diputados integrantes de la actual Legislatura.

De acuerdo con el contenido de la convocatoria a la que este medio tuvo acceso, la rendición de protesta de la nueva o nuevo comisionado del IAIPTlax se realizará 11 días antes de que inicie el periodo de siete años, que iniciará el 2 de enero de 2024. Sustituirá en el cargo a c, quien concluye su periodo constitucional.

El Congreso local tenía planeado aprobar la convocatoria el pasado jueves 9 de noviembre, pero a esa sesión legislativa no asistió la diputada Blanca Águila Lima, presidenta de la Comisión de Acceso a la Información Pública del Congreso local, quien un día antes evidenció su inconformidad por la opacidad con la que fue elegida la terna de los integrantes del jurado.

A menos que haya cambios de última hora, el registro de las personas aspirantes y recepción de documentación se efectuará los días 17, 18 y 21 de noviembre en la Secretaría Parlamentaria del Congreso local.

El día 27 de noviembre se publicará, en los estrados de la misma Secretaría Parlamentaria y en la página de internet oficial, el listado que contenga “los folios de las personas aspirantes que hubieran cumplido los requisitos de elegibilidad”.

En lo que se refiere a la evaluación, la convocatoria establece dos momentos. El primero será un examen escrito que versará en lo relativo al derecho de acceso a la información pública, protección de datos personales, cultura de la transparencia, normatividad y administración y gobierno interno.

El examen se diseñará por el sínodo designado por las Comisiones Unidas, y su aplicación se realizará el día 4 de diciembre, a las diez horas, en el Patio Vitral del Congreso del Estado. Los resultados serán dados a conocer dentro de las 48 horas siguientes a la conclusión de la aplicación del examen escrito, mediante un listado que se publicará en los estrados de la Secretaría Parlamentaria y en la página oficial de Internet del Congreso local.

Las personas aspirantes que obtengan calificación igual o mayor al 80 por ciento de los reactivos, tendrán derecho a presentar examen oral.

En ese sentido, el segundo momento será la realización del examen oral, que se llevará a cabo el día 8 de diciembre a partir de las 11 horas, y versará sobre derecho de acceso a la información pública, protección de datos personales y cultura de la transparencia, de acuerdo con los temas que en el acto propongan quienes integren el sínodo y respecto a su plan de trabajo. Las personas aspirantes tendrán un tiempo máximo de 15 minutos.

La aplicación de los exámenes escrito y oral se realizará por el sínodo integrado por Liliana Cárdenas Morales, Kira Ciofalo Lagos y Francisco Mixcoatl Antonio.

Cabe destacar que quienes aspiren a la designación de comisionada o comisionado del Consejo General del IAIPTlax, deberán cumplir, entre otros requisitos, con tener grado de licenciatura, con título y cédula profesional legalmente expedidos con al menos 5 años de antigüedad; demostrar conocimiento en actividades profesionales del servicio público o académicas relacionadas con el derecho de acceso a la información pública, protección de datos personales, cultura de la transparencia y archivística; y tener al menos treinta y tres años cumplidos al día de la emisión de la convocatoria.

Asimismo, no ser dirigente de partido político alguno o haber ocupado un cargo de representación popular, ni haber sido servidor público con funciones de dirección o atribuciones de mando dentro de la administración pública federal, estatal o municipal, a excepción de haberse separado de su función, cargo, comisión o empleo cuando menos con un año previo a la fecha de su designación. También será impedimento el desarrollo de cualquier otra actividad que se contraponga a las funciones propias de su encomienda, excepción hecha de los de carácter docente y de investigación científica.