Activistas LGBT defienden la reserva de 15 municipios para candidaturas exclusivas para mujeres

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* Presentaron un amicus curiae para respaldar el acuerdo ITE-CG 67/2026; sostienen que las acciones afirmativas son necesarias para corregir la desigualdad histórica en el acceso de las mujeres al poder político.

Activistas de la diversidad sexual presentaron ante el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) un documento amicus curiae para defender la constitucionalidad de los lineamientos del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) que reservan 15 municipios para la postulación exclusiva de mujeres a las presidencias municipales durante el proceso electoral 2026-2027.

El documento fue promovido el 4 de noviembre por Daniel Sosa, el doctor Iván Ramírez, Paola Jiménez Aguirre, José Evaristo Sánchez González, Miranda Platino, Marcos Serrano Cervantes y César Corona, quienes buscan aportar argumentos desde los derechos humanos, la igualdad sustantiva, los estudios de género y la diversidad sexual.

La intervención respalda el acuerdo ITE-CG 67/2026, mediante el cual el órgano electoral estableció medidas para garantizar el principio constitucional de paridad de género, entre ellas la reserva de candidaturas exclusivamente para mujeres en Apizaco, Cuaxomulco, Huamantla, Ixtacuixtla, Nativitas, Papalotla, San Juan Huactzinco, Santa Ana Nopalucan, Santa Apolonia Teacalco, Santa Cruz Quilehtla, Tepeyanco, Tepetitla, Xaltocan, Xicohtzinco y Españita.

La medida responde a un diagnóstico histórico: en estos 15 municipios ninguna mujer ha logrado acceder a la presidencia municipal mediante elección popular. Por ello, las personas promoventes consideran que no basta con establecer condiciones formales de competencia, sino que es necesario implementar mecanismos que permitan superar las barreras estructurales que han limitado la participación política de las mujeres.

El posicionamiento surge en medio de las impugnaciones presentadas ante el Tribunal Electoral contra los lineamientos del ITE, promovidas por hombres y partidos políticos. Frente a esta controversia, los activistas plantean que el debate debe analizarse desde la igualdad sustantiva, la progresividad de los derechos humanos y la obligación de las instituciones de eliminar las condiciones históricas de exclusión.

Asimismo, sostienen que la defensa de los derechos de la diversidad sexual también implica respaldar las acciones afirmativas que buscan combatir la discriminación estructural, pues consideran que las distintas formas de exclusión tienen raíces comunes en sistemas que históricamente han concentrado los espacios de poder en determinados grupos sociales.

El amicus curiae no constituye una representación de las partes ni sustituye los argumentos de quienes participan directamente en los litigios; su propósito es aportar elementos especializados para que los magistrados cuenten con mayores herramientas al momento de resolver la controversia.

Finalmente, las personas promoventes defendieron que la paridad de género no debe interpretarse como un privilegio ni como una concesión política, sino como un instrumento para transformar las condiciones de acceso al poder público. Su argumento central quedó resumido en una frase: «La paridad no es el privilegio de un grupo; es la corrección de una desigualdad que durante décadas se normalizó».