INSISTEN EN SUSTITUCIÓN DE REFUGIO RIVAS COMO LÍDER MOVIMIENTO CIUDADANO EN TLAXCALA

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* Militantes impugnan ante el Tribunal Electoral decisión sobre permanencia de su dirigente.

Ante la determinación de que Refugio Rivas Corona continúe al frente del Partido Movimiento Ciudadano en el estado, militantes de este instituto político insisten en exigir su salida, ahora mediante la interposición de un recurso de impugnación ante el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).

Fue a través de un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, que diversos militantes se inconformaron por la decisión de la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria de su partido, de declarar improcedente el juicio promovido en contra de la Comisión Operativa Estatal, por no emitir la convocatoria para renovar la dirigencia estatal.

El juicio está registrado en el expediente TET-JDC-063/2023 y fue interpuesto, entre otros, por Armando Rosete Escobar, en su carácter de militante de Movimiento Ciudadano, en el que se impugna la resolución del procedimiento de inconformidad que se dio a través del oficio CNJI/0147/2023, así como el nombramiento que se hace de Refugio Rivas Corona como coordinador estatal provisional de la Comisión Operativa Estatal. El expediente ya se encuentra en estudio de la tercera ponencia, encabezada por la magistrada Claudia Salvador Ángel.

En su resolución, la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria de Movimiento Ciudadano estableció que la emisión de convocatoria para la renovación de la dirigencia estatal debe ser encabezada por la Coordinadora Ciudadana Nacional y en su auxilio debe colaborar la Comisión Nacional de Convenciones y Procesos Internos, pues no corresponde llevar a cabo ese proceso a la representación estatal.

El recurso intrapartidario fue promovido por Armando Rosete Escobar, Abigail Serrano Hernández, Teodolfo García Jiménez, Onésimo Torres Espinoza, Julio Alfredo Vega Gallegos y Daniel Vega Gallegos.

Sin embargo, los órganos jurisdiccionales internos de Movimiento Ciudadano resolvieron que la falta de convocatoria y renovación de la dirigencia estatal “no constituye una afectación al derecho a votar y ser votados de los promoventes, en razón de que una vez que la Coordinadora Ciudadana Nacional emita las convocatorias para la selección de precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, estos podrán, previo cumplimiento de los requisitos estatutarios, participar en dichos procesos y, en su caso, cuando se emita la convocatoria para la elección de dirigentes, podrán de igual forma acceder al ejercicio de su derecho a votar y ser votados”.

Además, establece que dado el inicio y desarrollo de proceso electoral local y federal, no es procedente llevar a cabo el proceso de renovación de la dirigencia estatal, pues “si bien el periodo para el que se eligió la Comisión Operativa Estatal puede encontrarse oficialmente fenecido, en el momento actual se encuentra en marcha el proceso electoral 2023-2024, situación que impide la convocatoria a renovación de órganos de dirigencia, pues dicho proceso ocasionaría una afectación a las labores que deben llevarse a cabo para la selección de candidaturas a puestos de elección popular”.