Hasta el 31 de marzo tienen las personas morales para presentar declaración anual en el SAT

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  • La página electrónica del SAT​, sufrió cambios, a fin de que esta obligación sea rápida, segura y no tengan margen de error en los campos de llenado​. 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la declaración anual de personas morales, correspondiente al 2024, se terminará el próximo 31 de marzo, después de que el periodo comenzó desde el primero de enero de 2025.

En rueda de prensa, la administradora desconcentrada de recaudación de Tlaxcala, Keila López Bandera, detalló que la página electrónica del SAT para la declaración sufrió cambios, a fin de que esta obligación sea rápida, segura y no tengan margen de error en los campos de llenado que se piden.

Afirmó que hacer este trámite, dará la oportunidad de estar al corriente, y que no se den contratiempos, pero sobre todo que se cumpla en los lapsos de tiempo establecidos.

“En el portal del SAT es donde pueden presentar la declaración www.sat.gob.mx;  se recomienda que los contribuyentes estén al corriente del cumplimiento de los pagos provisionales”, indicó.

Precisó que ​la declaración para las personas morales que tributan en el régimen general de ley, ya que se mejoró el sistema con la precarga de información en los formularios. Y para quienes tributan en el régimen general. “En el apartado de gastos se incluyó un campo denominado devoluciones, descuentos y bonificaciones, con la precarga de los CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) de ingresos y egresos”.

Agregó que el apartado de Participación de Utilidades de los Trabajadores (PTU), la página cuenta con un campo de PTU no deducible. Además, también está el espacio de remanente de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, con información desde 2014 hasta 2023.

“Con estos cambios, la autoridad refrenda nuevamente el compromiso que tiene con la ciudadanía y con el contribuyente del país, de simplificar las herramientas fiscales, a fin de cumplir con sus obligaciones fiscales”, señaló.

Y para quienes tributan en el régimen simplificado de confianza, también se cambió el sistema para mejorar la plataforma. “Se incluye un campo denominado nómina deducible de periodos anteriores, donde se carga automáticamente la nómina acumulada. Dentro del apartado de gastos también se agregó la sección de devoluciones, descuentos y bonificaciones, con la precarga de pagos provisionales para facilitar la declaración”, precisó la administradora.

Además, en el área de PTU también se añadió el campo de PTU no deducible, con el objetivo de que las empresas puedan detallar con mayor precisión los datos relacionados con la participación de utilidades.

Detalló que quienes realicen declaraciones complementarias, se necesita hasta 24 horas para actualizar la información cuando no hay pago y 48 horas cuando se incluye un pago​; y es importante contar con la firma electrónica (e-firma).​

En su oportunidad, la administradora de servicios al contribuyente, Ivette Magaña Sosa, comentó que la firma electrónica puede renovarse, siempre y cuando se haya perdido la vigencia hace menos de un año.

“Sí el contribuyente aún cuenta con los archivos, puede renovarse en línea sin necesidad de acudir a un módulo”, dijo Magaña Sosa.

Los horarios de atención para resolver dudas sobre la declaración son de lunes a jueves de 9:00 a 16:00 horas y los viernes de 8:30 a 15:00 horas. El chat del SAT está disponible hasta las 18:00 horas.

En caso de que se omita esta obligación en el tiempo establecido para este proceso, el contribuyente puede ser requerido y tener que presentarse para que se dé un proceso de verificación.