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Establece Congreso Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción para el ejercicio fiscal 2026
Establece Congreso Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción para el ejercicio fiscal 2026

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Establece Congreso Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción para el ejercicio fiscal 2026

Las y los legisladores integrantes de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala aprobaron por unanimidad el Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se establecen los Planos y Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción de los 60 municipios de la entidad, correspondientes al ejercicio fiscal 2026, ratificando el cumplimiento legal y técnico del proceso catastral estatal.

El documento, presentado por la Comisión de Finanzas y Fiscalización, expone que la elaboración y aprobación de las Tablas de Valores Unitarios tiene como finalidad proporcionar certeza jurídica y uniformidad en la determinación de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.

En voz del diputado Bladimir Zainos Flores, se detalló que la Comisión dictaminadora analizó las propuestas remitidas por los municipios de Emiliano Zapata, Tetla de la Solidaridad, Teolocholco y Xaloztoc, concluyendo que, si bien cumplieron con la presentación de sus Planos y Tablas de Valores, no observaron en tiempo y forma los procedimientos previstos en la Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala, particularmente en lo relativo a los plazos para publicación y recepción de observaciones ciudadanas.

Derivado de ello, la Comisión determinó no aprobar las propuestas de dichos municipios, aplicando lo dispuesto en el artículo 94 de la citada Ley, que establece la vigencia de las Tablas de Valores del año anterior en caso de incumplimiento, y faculta al Congreso del Estado para determinar la actualización correspondiente, garantizando que las disposiciones fiscales se ajusten a los principios de certeza jurídica y equidad tributaria, en beneficio de las y los tlaxcaltecas.

Tras la aprobación unánime, se instruyó la elaboración del Decreto y su remisión al Ejecutivo del Estado para su sanción y publicación correspondiente, entrando en vigor el 1 de enero de 2026 y manteniéndose vigente hasta el 31 de diciembre de la misma anualidad.

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