- Será posible hasta después de las elecciones de 2024, afirma la legisladora Reyna Flor Báez, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales
La posibilidad de realizar reformas constitucionales para impedir que obtengan candidaturas aquellas personas que tengan antecedentes como agresores por violencia familiar, sexual o en contra de las mujeres, en cualquiera de sus modalidades, o por incumplimiento de obligaciones alimentarias, está descartada para concretarse antes de las elecciones locales de junio del próximo año, informó la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos del Congreso del Estado, Reyna Flor Báez Lozano.
“No es dable reformar la legislación electoral dentro de los 90 días previos al inicio del proceso electoral, por lo que no sería pertinente efectuar esa reforma”, subrayó.
Sin embargo, aseguró que el impedimento para que personas con esos antecedentes participen en las próximas elecciones ya existe en la Constitución Política federal, por lo cual también puede hacerse efectivo en Tlaxcala para los comicios locales.
Cabe recordar que apenas la semana pasada diputadas y diputados integrantes de la actual Legislatura local presentaron una iniciativa de reforma a la Constitución Política local y a diversas leyes locales, con la cual se pretende que personas con antecedentes de agresión en contra de las mujeres, por violencia familiar y sexual en cualquiera de sus modalidades, o por incumplimiento de obligaciones alimentarias, no formen parte de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, ayuntamientos y organismos autónomos.
En la iniciativa presentada se establece como uno de los requisitos para ocupar el cargo de gobernador, procurador, magistrado y diputado, no tener antecedentes como persona agresora por el delito de violencia familiar en cualquiera de sus tipos y manifestaciones, no tener antecedentes como persona agresora por delitos contra la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual.
También se plantea en la propuesta que, para ocupar esos cargos, las personas aspirantes a ocuparlos no deben tener antecedentes como deudor alimentario moroso y/o como persona agresora por el delito de incumplimiento de la obligación alimentaria, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele en su totalidad la deuda y no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimenticios en las distintas entidades federativas del país.
Pese a la presentación de esa iniciativa, Báez Lozano enfatizó que no existe ningún problema para aplicar esos principios en el próximo proceso electoral local, pues la Constitución Política federal ya prevé la prohibición “y tiene plena vigencia”.

