Congreso destituye e inhabilita al Cabildo de Contla

Comparte esta nota

* Autoridades municipales esperan fallo del amparo promovido en la Suprema Corte de Justicia de la Nación

El Congreso de Tlaxcala votó a favor del dictamen elaborado por la Comisión Instructora de Juicio Político que determinó la procedencia de la responsabilidad política en contra de los integrantes del Cabildo de Contla de Juan Cuamatzi tras acreditar el abuso de poder, usurpación de atribuciones y violación a las garantías constitucionales de un presidente de comunidad electo por voto popular.

De esta forma el Congreso destituyó a los integrantes del Cabildo y los sancionó con una inhabilitación por 3 años a la presidenta municipal, al síndico y a los regidores de Contla por abuso de poder, porque suspendieron ilegalmente a un presidente de comunidad electo.

El Pleno de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala sesionó de manera privada para someter a votación y aprobación el dictamen.

La sanción del Congreso del Estado no se ejecutará de inmediato pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la justicia federal ordenaron congelar el desalojo material de los funcionarios hasta que se resuelva el fondo de la controversia constitucional 43/2026 y en su caso, la suspensión concedida por el juzgado tercero de distrito en el amparo indirecto 295/2026.

Los hechos se remontan al 1 de agosto de 2025, durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo de Contla. A propuesta de la alcaldesa, Ana Ivonne Roldán Xolocotzi, y bajo argumentos subjetivos de supuesta ingobernabilidad y violencia política de género, el cuerpo edilicio aprobó por mayoría suspender por 90 días a Alejandro Flores Xelhuantzi, Presidente de Comunidad de la Sección Segunda.

Esa misma noche, autoridades municipales resguardadas por elementos de la Seguridad Pública forzaron las cerraduras de la Presidencia de Comunidad, colocaron nuevos candados y colgaron avisos para impedir que el funcionario continuara con sus labores.

En ese sentido, la Comisión Instructora del Congreso determinó que el Cabildo incurrió en una abierta ilegalidad, ya que, según la Constitución local, el único órgano facultado para suspender o revocar el mandato de un representante popular es el propio Congreso del Estado.

Asimismo, se acreditó que los ediles violaron la garantía de audiencia del afectado, al sancionarlo de manera unilateral en el punto de «Asuntos Generales», sin un procedimiento formal ni la oportunidad de defenderse.

El dictamen expone que el Ayuntamiento intentó revertir su error el 6 de agosto de 2025 mediante una reunión con la Dirección de Gobernación estatal, en la que acordaron devolver las llaves del inmueble al afectado.

No obstante, el Congreso local calificó esta acción como una segunda irregularidad legal. El dictamen que fue avalado detalló que los acuerdos de un Cabildo, una vez adoptados formalmente, adquieren validez jurídica y notoriamente no pueden ser revocados o neutralizados al arbitrio del propio Ayuntamiento ni mediante mecanismos de hecho, una facultad que también le corresponde exclusivamente al Poder Legislativo.

Al haberse acreditado violaciones sistemáticas a las leyes locales y el trastorno al funcionamiento normal de las instituciones, el Proyecto de Acuerdo propone sancionar a: la alcaldesa Ana Ivonne Roldán Xolocotzi, al síndico Gilberto Flores Maldonado, así como a los regidores Marian Elena Pérez Nava, Zuleyma Abigail Cuamatzi Netzahual, Mariana Stephany Xochitemol Peña, Yadira Bernal Pérez, Rogelio Xochitemol Cuatecontzi, Joselin Netzahual Yautentzi e Hilda Felicitas Xochitiotzin Cocoletzi.

El Municipio de Contla promovió la Controversia Constitucional 43/2026 ante la SCJN. En respuesta, la ministra instructora Loretta Ortiz Ahlf concedió una medida cautelar (suspensión de los actos) en la que ordena al Congreso del Estado abstenerse de ejecutar cualquier destitución o revocación de mandato hasta que el máximo tribunal del país resuelva el fondo del asunto, evitando así que el juicio quede sin materia.

A este blindaje judicial se suma una suspensión provisional otorgada por el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en Apizaco, derivado del juicio de amparo indirecto 295/2026.

Por lo tanto, aunque el pleno del Congreso consumó la destitución en la sesión privada realizada este día, la salida material de los funcionarios del Ayuntamiento queda congelada y enteramente en manos de los tribunales federales.