- Por mayoría de votos, el Pleno de la actual Legislatura aprobó un haber de retiro para los próximos tres años; critica Manuel Cambrón la repetición de errores jurídicos en el nuevo dictamen, al asegurar que fue “un corta y pega” del anterior
Utilizando prácticamente los mismo argumentos que la primera ocasión en que resolvió sobre el caso, el Congreso del Estado confirmó este jueves, por mayoría de votos, la no ratificación de Héctor Maldonado Bonilla como magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), al no cumplir con los principios rectores a los que estuvo obligado por su investidura, además de no actuar con excelencia, profesionalismo, objetividad, honestidad e independencia.
En consecuencia, aprobó la asignación de un haber de retiro “por el término improrrogable de tres años”, dentro del cual deberán incluirse diversas percepciones económicas, tales como aguinaldo, prima vacacional y bonos anuales.
El dictamen fue aprobado con el voto en contra del perredista Manuel Cambrón Soria y el petista Miguel Ángel Covarrubias Cervantes. El primero incluso, consideró que el Congreso cometió los mismos errores jurídicos que la primera ocasión en que fue aprobada la no ratificación, con un “corta y pega” en el nuevo dictamen.
Con el nuevo dictamen aprobado, los integrantes de la actual Legislatura local dieron cumplimiento a la resolución emitida por el Tribunal Colegiado de Vigésimo Octavo Circuito, dentro del recurso de revisión administrativo 75/2023, que en su momento ordenó la reposición del procedimiento para definir sobre la posible ratificación de Maldonado Bonilla como magistrado.
Dentro de los argumentos utilizados por el Pleno del Congreso, al cual se integró este jueves como diputada Fátima Guadalupe Pérez Vargas, destacó el hecho de que, en su oportunidad, el propio Héctor Maldonado informó el 8 de agosto de este año al Poder Legislativo, su decisión de no buscar la ratificación en el cargo. En ese sentido, las legisladoras y legisladores resolvieron que a la persona evaluada no se le puede “forzar a asumir, o reasumir, tal encomienda”.
En el documento de referencia firmado por Maldonado Bonilla, pidió a los diputados dar cumplimiento al fallo de la justicia federal que ordenó reponer su evaluación, y “con independencia del resultado, manifiesto que no es mi deseo ser ratificado en el cargo, por lo que el pleno de la LXIV Legislatura deberá declarar concluido el nombramiento expedido a mi favor por haberse alcanzado el plazo para el que fui nombrado”.
Por esta solicitud presentada por el ex magistrado del TSJE, el diputado Manuel Cambrón Soria consideró que no era necesaria una evaluación de Héctor Maldonado, pues éste ya había dicho que ya no era de su interés participar.
Asimismo, en el dictamen aprobado se dio cuenta de que, reiteradamente, Maldonado Bonilla “inobservó los principios rectores de su alta función, porque el principio de excelencia no admite la posibilidad de que algún magistrado deje de cumplir sus funciones, trasladándose a eventos sin solicitar autorización y sin implementar medidas para garantizar la administración de justicia a su cargo”.
El argumento anterior se dio después de que en el dictamen se evidenció el hecho de que Héctor Maldonado asistió a eventos fuera del estado de Tlaxcala y dio prioridad a labores de academia en una institución de educación superior.
Además, en el dictamen se precisa que el hoy ex magistrado desvió recursos públicos para coordinar actividades de una institución privada en la que trabajaba, lo que a decir del Pleno, vio “comprometida su honestidad e independencia”.
Con ese tipo de argumentos, el Pleno camaral acordó su no ratificación, pero aprobó la asignaron un haber de retiro “por el término improrrogable de tres años”. En el primer año, dicho haber de retiro será equivalente al 70 por ciento de su último salario, al segundo año un 60 por ciento y en el tercer año un 50 por ciento. Dentro de esas percepciones deberán contemplarse todas las gratificaciones adicionales de las que gozan las magistradas y magistrados en funciones. Es decir, percepción complementaria mensual, aguinaldo anual, prima vacacional, bono anual, bono anual especial, arcón y pavo anual.


