Concreta el Congreso local reforma constitucional; quita candado para ocupar Secretaría de Gobierno.

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  • También establece un periodo máximo de 12 años para ocupar una magistratura; el diputado Manuel Cabrón advierte sobre varias inconstitucionalidades.

El Congreso del Estado de Tlaxcala aprobó este jueves diversas reformas, adiciones y derogaciones a la Constitución Política local, dentro de las cuales destaca la eliminación de ser tlaxcalteca de nacimiento como uno de los requisitos para ocupar el cargo de secretario de Gobierno, por lo que ahora deberá “tener nacionalidad mexicana y estar en pleno ejercicio de sus derechos, con una residencia, domicilio o vecindad, de cuando menos tres años anteriores al día de la designación”.

La reforma constitucional fue aprobada por mayoría de votos, y sólo el perredista Manuel Cambrón Soria estuvo en contra de su aval al advertir diversas inconsistencias que, incluso, pudieran ser inconstitucionales.

La reforma incluye el hecho de que ningún magistrado en el estado, de cualquiera de los tribunales (a excepción de los electorales), podrá durar en su encargo más de 12 años.
Lo anterior, de acuerdo con Cambrón Soria, puede ser calificado como inconstitucional porque los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) duran en su responsabilidad un periodo de siete años teniendo la posibilidad de reelección, a lo que podrían llegar a 14 años.

Asimismo, la reforma establece el derecho a un haber de retiro a favor de los magistrados de los tribunales estatales (judiciales, electorales y administrativos), así como la creación de un órgano de control interno en el Órgano de Fiscalización Superior OFS).

En el dictamen aprobado por mayoría legislativa, se establece que la derogación del requisito para cupar la titularidad de la Secretaría de Gobierno se basa en una garantía de igualdad sustantiva para que todas las personas puedan acceder a cargos públicos, en este caso por designación, además de de existir una jurisprudencia que establece que en la legislación de las entidades federativas no es dable exigir, como requisito, la nacionalidad mexicana, por ser un elemento que concierne específicamente al ámbito federal.

Sin embargo, el diputado Juan Manuel Cambrón lamentó que esta reforma tenga dedicatoria, en especial para personas que no cumplen con el requisito de nacimiento para ocupar el cargo.
“Esta enmienda abre la puerta para que lleguen personajes oscuros, extraños a la vida política de Tlaxcala. Que se vaya a ser secretario de Gobierno de Morelos, en donde su Constitución sí exige para el cargo, ser morelense”, dijo el legislador en clara referencia al secretario del Medio Ambiente, Luis Antonio Ramírez Hernández.

En lo que se refiere al candado para que ningún magistrado dure en su encargo un periodo mayor a 12 años, en el entendido que solo pueden ser ratificados en el cargo por un plazo similar al designado, Cambrón Soria subrayó que los magistrados electorales tienen el derecho y posibilidad de permanecer en el cargo hasta por un periodo de 14 años, y no solo 12, pues ellos tienen la posibilidad de reelección por parte del Senado de República.

Por otra parte, la reforma constitucional establece, en el proceso de integración del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, la facultad al Ejecutivo estatal de proponer a los municipios y a los Poderes Legislativo y Judicial, una propuesta de terna para elegir al presidente de dicho órgano laboral, con la precisión de que si no existen consensos en el nombramiento, éste podría hacerlo la gobernadora o gobernador en turno.

Sobre ello, Cambrón Soria expuso que la reforma “abre la posibilidad a que la parte patronal (el Ejecutivo) tenga dos representantes en ese órgano en perjuicio de la clase trabajadora”, situación que puede supeditar las resoluciones o sentencias emitidas.

Cabe destacar que la reforma a la Constitución Política precisa los tiempos de presentación de los informes de gobierno por parte del Ejecutivo estatal en turno al Congreso local, pues ahora serán dentro de los primeros cinco días del mes de diciembre de cada año, “por escrito, de manera impresa y en formato digital”.

Y precisa: “En el año en que cambie la titularidad del Poder Ejecutivo, la gobernadora o el gobernador saliente presentará el informe en los primeros cinco días del mes de agosto, y la gobernadora o el gobernador entrante lo hará en los primeros cinco días del mes de diciembre; en ambos casos, el informe se referirá solo al lapso intra anual que corresponda”.

Al haber sido aprobada la reforma constitucional, la Mesa Directiva del Congreso del Estado instruyó remitirla a los 60 municipios, los que, a su vez, tendrán un plazo de 30 días para validar su aprobación. En caso de que no contesten, se considerará como un voto a favor de las reformas.