En un fallo unánime, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las medidas cautelares dictadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) para prohibir la distribución de los llamados “acordeones” durante la jornada electoral del próximo 1 de junio, en la elección extraordinaria de integrantes del Poder Judicial de la Federación.
La decisión ratifica que la difusión pública de listas impresas o visibles con sugerencias de votación podría transgredir la libertad del sufragio y abrir la puerta a actos de presión, coacción o manipulación electoral, especialmente en una contienda tan compleja e inédita como esta, donde el electorado votará por juezas, jueces, magistraturas y ministras de la Suprema Corte.
El magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrer, ponente del proyecto, señaló que esta resolución no impide que los ciudadanos acudan con una guía personal, pero sí evita que se utilicen materiales masivos con fines de propaganda o influencia indebida”, precisó
¿Qué son los “acordeones” y por qué se prohíben?
Los “acordeones” son listas impresas o digitales que detallan el número o nombre de cada candidatura y suelen usarse como guía rápida para emitir el voto. Aunque no son ilegales en sí mismos, su distribución masiva o visible durante la veda electoral puede interpretarse como una forma de inducción o presión indebida.
El INE recibió denuncias sobre la circulación de estos materiales y resolvió que, por el principio de tutela preventiva, debía actuar de forma inmediata para evitar riesgos mayores al ejercicio democrático.
El acuerdo fue aprobado por el Consejo General del Instituto y ratificado este jueves por el TEPJF, que consideró que la ciudadanía tiene derecho a usar apuntes personales, siempre que no se muestren en público ni se usen como vehículo de propaganda.
Medida busca proteger el voto libre y evitar inequidades
Durante la sesión del Consejo General del INE, la consejera presidenta Guadalupe Taddei Zavala hizo un enérgico llamado a la responsabilidad a quienes han promovido este tipo de instrumentos en el marco de la elección judicial.
También instó a la ciudadanía a denunciar irregularidades ante la FISEL (Fiscalía Especializada en Delitos Electorales), y advirtió que la difusión de estos materiales en el periodo de reflexión o el día de la elección puede constituir una infracción sancionable.
El fallo del TEPJF deja en claro que las personas sí pueden llevar consigo impresiones, fotos o apuntes de carácter privado para recordar por quién votar, dada la magnitud y complejidad de las boletas.
No obstante, deberán evitar mostrarlas abiertamente en las inmediaciones o dentro de las casillas electorales, ya que esto podría ser considerado un intento de coacción o propaganda encubierta.
La elección del 1 de junio será la primera en la historia de México en la que la ciudadanía votará de forma directa por altos cargos del Poder Judicial, incluidos ministras de la SCJN, magistraturas electorales, jueces y juezas federales. Por ello, el INE y el TEPJF han subrayado la importancia de mantener la neutralidad, la equidad y la legalidad en todo el proceso.
Con información de: Debate