Proponen prohibir “cañones antigranizo” en Tlaxcala a través de reformas a Ley del Medio Ambiente

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* La utilización de esta tecnología altera el ciclo hidrológico natural, afirma la diputada Marcela González.

La diputada morenista Marcela González Castillo propuso este martes adiciones a la Ley de Protección al Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible en el estado de Tlaxcala, con el objetivo de prohibir en territorio estatal la alteración del ciclo hidrológico natural desde su fase de condensación hasta la de precipitación, por medio de la aplicación de tecnologia instalada o adaptada para tales fines, de manera particular los denominados “cañones antigranizo”.

La también presidenta de la Junta de Coordinación y Concertación Política del Congreso local, sostuvo que la modificación intencionada del clima se ha convertido, hoy en día, “en un arma al servicio del poder en contra de los campesinos tradicionales para fortalecer a las grandes industrias trasnacionales”.

De hecho, afirmó que diversas organizaciones de la sociedad civil, desde el año 2008, han documentado que esa aplicación tecnológica de “cañones antigranizo” hoy operan para proteger a las bodegas y almacenes a cielo abierto ubicadas en suelos rurales de los grandes industrales, que de esa manera protegen sus stocks y ahorran millones de pesos en invertir para la instalación de techumbres y velarias.

González Castillo refirió que en Estados Unidos está documentada la aparición de anomalias en la salud de la población que habita las zonas donde se han hecho pruebas de modificación climática, y que días y semanas después se han presentado sangrados espontáneos por la nariz, ahogo, dolores de trastornos del equilibrio (vértigo) y cansancio crónico en las personas, además de un aumento de epidemias de gripe, asma, conjuntivitis y pérdida de memoria a corto plazo.

“De acuerdo con expertos agrónomos, los cañones antigranizo generan ondas de presión atmosférica y dispersan las nubes, generando problemas para la agricultura, sobre todo porque a la fecha no están debidamente registrados los mecanismos operacionales, registrales, su mantenimiento y su alcance”, precisó.

La legisladora señaló que la falta de un marco regulatorio y de normas técnicas para su operación, así como de indicios claros respecto de la afectación al medio ambiente y el abuso en su aplicación por parte de las grandes transnacionales, obligan a construir desde la normatividad ambiental una prohibición de carácter expreso a esta actividad que lesiona a productores, campesinos y en general al ecosistema del estado de Tlaxcala.

Por ello, propuso la adición del artículo 99 Bis, así como una fracción al artículo 167 de la Ley de Protección al Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible del Estado de Tlaxcala, en el que se prohíbe la alteración del ciclo higrológico por medio de insumos tecnológicos, y establecer como actividad grave en contra del medio ambiente la utilización de tecnología para su alteración en todo el territorio estatal.

Asimismo, una fracción al artículo 4 de la misma ley, a fin de establecer la definición de ciclo hidrológico como la circulación del agua en sus formas sólida, líquida y vaporosa que comienza con la evaporación desde la superficie del planeta hasta su enfriamiento, condensación, precipitación en forma de lluvia, nieve o granizo, infiltración, escorrentía y circulación subterránea.