- La propuesta del diputado Jaciel González plantea una reforma al Código Penal del Estado
El diputado local Jaciel González Herrera propuso al pleno del Congreso local una reforma al Código Penal del Estado para sancionar, hasta con seis años de prisión, a quienes edifiquen casas o vías de comunicación terrestre sin la autorización de impacto y riesgo ambiental.
Su iniciativa plantea la adición de la fracción VII al artículo 414 del Código Penal para el Estado de Tlaxcala, para establecer penas de cárcel a aquellas personas desarrolladoras inmobiliarias, que incumplan con las disposiciones legales al momento de edificar casas.
Durante la sesión ordinaria de este martes en el Congreso del Estado, el también coordinador parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) reconoció que uno de los problemas que enfrenta el medio ambiente se encuentra en los delitos ambientales, sobre todo porque éstos tienden a depredar a la naturaleza.
En ese sentido, subrayó que los desarrollos inmobiliarios son algunos de los principales generadores de estos daños, pues “no se diseñan para solucionar los graves problemas de acceso a la vivienda que aquejan a buena parte de la población urbana, sino solo para el beneficio y la especulación”.
Y es que, refirió, “buena parte de las construcciones se hacen a expensas de destrucción del medio ambiente, generando siempre un desequilibrio ecológico y alterando las relaciones de interdependencia entre los elementos naturales que conforman el ambiente, que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del ser humano y demás seres vivos”.
En esa perspectiva, González Herrera propuso que antes de iniciar cualquier obra pública o privada, sea indispensable contar con la respectiva manifestación de impacto ambiental, pues la construcción de edificios y otras infraestructuras son las que más impacto tienen en el medio ambiente, situación por la cual la carencia de dicha manifestación no sólo debe regularse de manera administrativa, sino que también de haber sanciones penales para disuadir posibles afectaciones.
Por ello es que se pronunció por adicionar al Código Penal del Estado el establecimiento de una pena que va de dos a seis años de prisión y una multa de 330 a 985 Unidad de Medida y Actualización (UMA´s), “a quien debiendo obtener la autorización de impacto y riesgo ambiental por parte de autoridad competente, inicie o realice obras o actividades sin contar con la misma, o no implemente las medidas preventivas y correctivas que indique la autoridad correspondiente para la mitigación de impactos ambientales y de seguridad de las personas, sus bienes y el ambiente”.
