* Si bien la reciente reforma a la Constitución local entrará en vigor en septiembre de 2024, sostiene que la reforma constitucional federal ya está en vigor y que el PRD la cumplirá
La dirigencia estatal del Partido de la Revolución Democrática (PRD) aseguró este miércoles que no postulará como candidatos a personas que estén sentenciadas por violencia política en razón de género contra las mujeres, por violencia familiar y por incumplimiento de obligaciones alimentarias, a pesar de que la reforma constitucional recientemente aprobada por el Congreso del Estado entrará en vigor hasta septiembre del próximo año.
La dirigente estatal del sol azteca, Patricia Zenteno Hernández, lamentó que las y los legisladores locales hayan aprobado hasta ahora la Constitución Política local para incluir temas exigidos en la denominada Ley 3 de 3, sin embargo, sostuvo que a nivel federal esa disposición ya existe y está vigente, situación por la cual el PRD la cumplirá para el proceso electoral local que inicia el próximo sábado 2 de diciembre.
“Ninguna persona aspirante a una candidatura deberá estar en el registro de personas sentenciadas, pueden solicitar su registro ante nuestro partido para buscar un cargo de elección popular, pero no serán consideradas, no serán postuladas como candidatas”, afirmó la lideresa perredista.
Por su parte, el representante del PRD ante el Consejo General del ITE, Sergio Juárez Fragoso, refirió que uno de los acuerdos tomados por el Consejo Estatal perredista fue no permitir la postulación de personas agresoras contra mujeres, violencia familiar e incumplidas en sus obligaciones alimentarias, por lo que la dirigencia cumplirá con ese mandato.
Cabe recordar que hace una semana el pleno del Congreso del Estado aprobó una adición a la Constitución Política local que impide que personas con antecedentes de violencia familiar, sexual o en contra de las mujeres, en cualquiera de sus modalidades, así como por incumplimiento de obligaciones alimentarias, formen parte de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, ayuntamientos y organismos autónomos.
Lo mismo estarán impedida aquellas personas que, a través de sentencia firme, fueron condenadas por la comisión de algún delito contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual, o contra la intimidad sexual; haya sido declarada deudora alimentaria y se encuentre en mora en el cumplimiento de su obligación alimentaria o esté inscrita, con registro vigente, en algún padrón de personas deudoras alimentarias. Sin embargo, la reforma entrará en vigor hasta el 1 de septiembre de 2024.
Para imposibilitar el paso de personas con ese tipo de antecedentes, Zenteno Hernández y Juárez Fragoso afirmaron que el paso a las candidaturas se impedirá una vez que se haya dado el fallo de una autoridad en el ámbito estatal o federal, y la sentencia se encuentre firme.
