Piden síndica y regidores de Huactzinco compensación por final de la administración municipal

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  • La solicitud fue presentada al alcalde y solicitan el equivalente a 6 o 7 quincenas establecidas con base en el último tabulador de salarios

La síndico municipal y regidores del ayuntamiento de San Juan Huactzinco, solicitaron al alcalde Josué Guzmán Zamora, la asignación de una gratificación, retribución o compensación económica para el final de la administración pública 2021-2024, situación por lo cual propusieron asignar una cantidad en el capitulo 1000, partida 1341 de “Compensaciones y otras”, dentro del presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal de este año.

Si bien aseguran que su intención es no afectar la hacienda pública, ni la atención de las demandas sociales de Huactzinco, los regidores solicitan que la compensación económica sea “equivalente a 6 o 7 quincenas establecidas como base en el último tabulador de salanos aprobado de la presente administración”.

La solicitud fue realizada al alcalde a través de un oficio, el cual también hicieron llegar al Congreso del Estado y está firmado por los regidores Francisco Bersain Pérez Valencia, Marvin Reyes Muñoz, German Armando Pérez Robles, María Guadalupe Suarez Sánchez y Lizeth Guzmán Guzmán, así como la síndica municipal Miriam Meneses García.

El fundamento legal que utilizan para solicitar la gratificación es el artículo 40 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, que establece que los integrantes en funciones del ayuntamiento tendrán derecho a una retribución económica de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. Esta erogación deberá sujetarse a criterios de austeridad, equidad y proporcionalidad a la hacienda pública municipal, así como al trabajo desempeñado, y no afectará las demandas sociales ni los activos del municipio.

Ese artículo también precisa que el monto de la gratificación será propuesta por el presidente municipal y aprobada por el cabildo, pero será vigilada por el Órgano de Fiscalización Superior (OFS) y podrá ser revocada cuando lesione los intereses municipales, de acuerdo con la facultad del Congreso del Estado.

Además, sostienen que el mismo numeral de la Ley Municipal señala que las retribuciones a que tienen derecho como munícipes pueden variar anualmente, entre los meses de enero y marzo, sin incrementarse en una cantidad superior al porcentaje inflacionario, considerando el monto bruto al que ascendieran en el año inmediato anterior.

También puntualizan que el artículo 127 de la Constitución federal señala que los servidores públicos de la federación, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irenunciable por el desempeño de su función, definiendo como remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.

En su escrito, refieren que desde que inició la actual administración no han recibido ninguna compensación desde el inicio de sus funciones, pero la cual “debemos gozar conforme a derecho por el desempeño de nuestras funciones como prestadores de servicio al municipio, así como funcionarios y servidores públicos a través del H. Ayuntamiento”.