Multa y penas corporales a quienes cometan delitos por género y orientación sexual, proponen en el Congreso

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* La diputada Guillermina Loaiza propuso adiciones al Código Penal del Estado

Con el objetivo de evitar la apología y los delitos que atenten contra la dignidad humana, entre ellas las expresiones de género, sexo y orientación sexual, la diputada local María Guillermina Loaiza Cortero propuso al Pleno del Congreso local una serie de adiciones al Código Penal para el Estado de Tlaxcala, dentro de las cuales se aplican penas económicas y corporales, a quienes las lleven a cabo.

Actualmente, por la provocación de un delito o apología de éste, el Código Penal establece la imposición de tres 3 a 6 años de prisión y multa de 18 a 36 días de salario, pero la legisladora propuso incrementar esas penas hasta un tercio a quien provoque y apoye a difundir Ideas que inciten a la hostilidad o a realizar actos de violencia o haga apología de éstos, por razones de de género, sexo y orientación sexual, entre otras.

Además, propuso el aumento de un 50 por ciento de esas penas y la destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la privación la libertad impuesta, al servidor público que niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho, relacionado a la apología y delitos que tengan que ver, entre otros, por cuestiones de género, sexo y orientación sexual.

La iniciativa contempla que cuando las conductas sean cometidas por una persona con la que la víctima tenga, de manera formal o de hecho, una relación de subordinación o superioridad, la pena se incrementará en una mitad.

Además, establece que tanto el Ministerio Publico como el órgano jurisdiccional, según corresponda, deberán actuar con perspectiva de género y perspectiva de orientación sexual, identidad y expresión de género, y características sexuales, pero también deberán perseguir el delito por querella.

En su iniciativa, Loaiza Cortero recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante su “Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Orientación Sexual, Identidad y Expresión de Genero, y Características Sexuales”, ha sostenido que es posible identificar aspectos básicos que deben de seguirse para juzgar.

De hecho, refirió que la Corte aborda la implementación de la perspectiva de orientación sexual, identidad, expresión de género y características sexuales, misma que tiene una estrecha relación con la perspectiva de género, ya que esta última aborda situaciones que involucren ideas preconcebidas y jerarquías de poder sobre identidades, personas y las interacciones sociales.

“Es decir, la perspectiva de orientación sexual, identidad, expresión de genero y características sexuales, podría entenderse como una especie de obligación general de juzgar con perspectiva de género, la cual incluye no solo a mujeres cisheterosexuales, sino a las personas no normativas que requieren un enfoque diferenciado al momento del estudio de sus casos, ya que unas y otras se encuentran en una situación de vulnerabilidad por la manera en que funciona el género en sociedad”, apuntó.

No solo eso, sino que subrayó que también reconoce que las y los juzgadores están obligados a resolver los casos relativos a los derechos humanos de las personas LGBTIQ+, partiendo de una perspectiva que considere la realidad particular que viven las personas por virtud de su identidad de género y orientación sexual, lo que implica detectar y eliminar.

Cabe destacar que la iniciativa de la diputada incluye reformas para a la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Tlaxcala, en las cuales se establece cualquier forma de discriminación, entre ellas, por género, sexo y orientación sexual.

La iniciativa fue enviada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su análisis y dictaminación correspondiente.