* Deberá ser analizada y dictaminada en un periodo de 30 días naturales
La gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros envió al Poder Legislativo una iniciativa preferente para expedir la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, con el objetivo de que las y los diputados locales inicien el debido proceso legislativo y ésta se aprobada dentro del periodo legal, que es a más tardar 30 días naturales a partir del pasado 15 de enero, que es cuando fue recibida en la Oficialía de Partes del Congreso local.
Con la expedición de esta nueva ley, el Congreso del Estado abrogaría la Ley de Seguridad Pública del Estado y sus Municipios, la cual fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 28 de noviembre de 2014, durante el gobierno de Mariano González Zarur.
El diputado presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Gilberto Temoltzin Martínez, confió en el trabajo de análisis que realizarán las Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Puntos Constitucionales para dictaminar la iniciativa y ésta sea presentada ante el Pleno en el mes de febrero próximo.
Cabe recordar que de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Legislativo, “La iniciativa preferente es aquella que es sometida al Congreso del Estado, por la persona titular del Poder Ejecutivo Estatal, en ejercicio de su facultad constitucional”, la cual “podrá versar sobre cualquier materia y comprender uno o más ordenamientos cuando exista conexidad en los temas”.
El artículo 94 Ter de la misma Ley Orgánica del Poder Legislativo refiere que el día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones, la persona titular del Poder Ejecutivo Estatal, “podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente o señalar con tal carácter hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores cuando estén pendientes de dictamen”.
En el caso de las iniciativas preferentes, la Comisión o Comisiones Dictaminadoras deberán discutirla y votarla en un plazo máximo de 20 días naturales, contados a partir de su presentación o de que se reciba el oficio del Ejecutivo Estatal. Dicho plazo será improrrogable.
El ordenamiento legal establece que si transcurridos esos 20 días sin que se formule el dictamen correspondiente y antes de los 30 días naturales desde la presentación de la iniciativa, la Mesa Directiva deberá incluirla, sin mayor trámite, como primer asunto en el orden del día de la siguiente sesión del Pleno para su discusión y votación.
“El Pleno del Congreso del Estado deberá resolver dentro del plazo de 30 días naturales contados a partir de la presentación de la iniciativa preferente, respecto de la aprobación o no del dictamen que resuelva sobre ésta, debiendo observarse en su dictaminación y su posterior presentación ante el Pleno, las formalidades y procedimientos que determine el Reglamento Interior del Congreso del Estado”, señala la ley.
