Entra en vigor la nueva ley de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres

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Este miércoles entró en vigor la ley de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres del estado de Tlaxcala que tiene entre sus principales propósitos regular y garantizar el derecho a un trato digno y respetuoso, erradicar la discriminación de la mujer, empoderar a las integrantes de ese género y alcanzar la paridad tanto en el ámbito público como en el privado.

La norma que establece las facultades y obligaciones de las autoridades, busca generar condiciones idóneas para lograr la erradicación de cualquier forma de discriminación por razón de género, y toda acción u omisión tendente a obstaculizar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

El decreto 128 que contiene las disposiciones de la nueva norma que sustituye la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres que estaba vigente desde el 11 de diciembre de 2012, refiere que la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres implica la eliminación de toda forma de discriminación, directa o indirecta, en cualquiera de los ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo.

Con la nueva legislación, la Secretaría de la Mujer será la encargada de crear mecanismos internos para el empoderamiento de las funcionarias públicas y su participación en la toma de decisiones de los ámbitos estatal y municipal; mientras que los ayuntamientos tendrán la obligación de fomentar la paridad de género en los cargos públicos.

La misma dependencia estatal que entró en vigor apenas el pasado 1 de enero, tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para la erradicación de la violencia contra las mujeres; establecer medidas tendientes a erradicar en todos los ámbitos de la vida profesional y laboral la brecha salarial de género; y promover la utilización de un lenguaje no sexista en distintos sectores sociales y administrativo.

El ordenamiento crea el Sistema Estatal para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres; el Programa Estatal para la Igualdad Sustantiva y obliga a las instituciones públicas estatales y organismos autónomos a crear las Unidades de Igualdad de Género.

El Sistema Estatal tendrá, entre otras tareas, aprobar las bases y lineamientos en materia de acciones afirmativas a efecto de eliminar la violencia y discriminación entre mujeres y hombres; y la Velar por la progresividad legislativa en materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, a fin de armonizar la legislación local con los estándares nacionales e internacionales en la materia.

De acuerdo con los artículos transitorios, dentro de los 120 días hábiles a la entrada en vigor de la presente Ley, las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, los poderes del Estado y los órganos constitucionales autónomos deberán realizar las gestiones administrativas para la creación de sus Unidades de Igualdad de género, mientras que la titular del Ejecutivo del Estado tendrá el mismo periodo para expedir el reglamento de la ley y el Sistema Estatal, deberá expedir el reglamento de operación de ese órgano dentro de los 90 días subsecuentes.

CON INFORMACIÓN DE CONTRA PODER