Debate público en torno a la Ley de Amparo en San Lázaro

Visor legislativo es un documento escrito por Tere Olevera
Visor legislativo es un documento escrito por Tere Olevera
Comparte esta nota
  • Audiencias públicas 10, 11 y 13 de octubre
  • Diputados podrían aprobar Ley de Amparo este 14 de octubre

 

En el marco de la discusión de las reformas a la Ley de Amparo, aprobada ya por el Senado de la República, la Cámara de Diputados realizó Audiencias Públicas para analizar la minuta, previo a su análisis y/o aprobación.

Recordemos que las reformas a la Ley de Amparo han generado diversas opiniones luego de ser aprobadas por el Senado de la Republica, en donde se incluyó un artículo transitorio relativo a la retroactividad a juicios en curso.

Al recibirla, la presidenta de la Cámara de Diputados, diputada Kenia López Rabadán y previo a señalar que esta seguiría los pasos correspondientes para su proceso legislativo, la turno a las Comisiones de Justicia y de Hacienda y Crédito Público para su análisis y discusión.

Posteriormente, en reunión de las mesas directivas de las comisiones dictaminadoras se acordó la realización de audiencias públicas en las que podrían participar todos los interesados, por lo que se abrieron tres fechas: 10, 11 y 13 de octubre.

Vale la pena destacar que la bancada del PRI, en voz de su coordinador parlamentario, diputado Rubén Moreira, anunció que no participaría en estos trabajos debido a que se incumplieron los acuerdos para su diseño, pues se había dicho que sería hasta el lunes 13 de octubre, luego de la reunión de la Junta de Coordinación Política, que se acordaría el formato de si serían “Audiencias Públicas o Parlamento Abierto”.

Fue el diputado Cesar Damián Retes del PAN quien cuestionó la organización de las audiencias, así como la selección de los participantes, al señalar que se le estaba “regateando el diálogo a la ciudadanía” y anunció que votarían en contra del dictamen en su momento.

Fue así que las mesas iniciaron el 10 de octubre con el tema de “Improcedencia” con la participación de nueve participantes. A continuación, algunas participaciones.

El representante de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados, Luis Curiel Piña señaló que la adición referente a “aquellos créditos fiscales que hayan quedado firmes no puedan ser impugnados” no era necesario dado que esta ya está en la ley, de dejarlo dijo, daría lugar a “cartas abiertas” para violación de derechos, garantías y cualquier derecho del ciudadano. Apunto que no era necesario regular, lo que ya estaba suficientemente regulado.

El especialista en derecho empresarial y penal, Víctor Manuel Solís Butrón refirió que “la improcedencia respecto a la suspensión”, tratando de operaciones con recursos de procedencia ilícita, ya están sancionadas en el Código Penal y consideradas como delitos. Apunto que el tema no es sobre las sanciones, sino sobre la suspensión, cuya naturaleza procesal no le quita que puedan proteger derechos sustantivos, y que lo que actualmente está planteando la ley vulnera estos principios al ordenar la retención de un patrimonio sin que previamente haya un control judicial.

Jesús Octavio Salgado Pelayo, abogado en litigio mercantil, hizo notar que con la minuta se agrega un nuevo estándar probatorio para acreditar la licitud de los recursos, cuando el acto reclamado consista en la retención o embargo de cuentas bancarias, pero cuestionó cuál será el grado de exigencia que se tendrá que acreditar para demostrar la legitimidad de dichos recursos. “Esto representa un reto y exigirá que los ciudadanos y empresas comerciantes tengan mayor diligencia en el cuidado de sus operaciones”.

José Barrios Moreno de la Escuela Libre de Derecho advirtió que mantener la redacción actual del dictamen sobre la reforma a la Ley de Amparo y al Código Fiscal de la Federación representaría un riesgo para los particulares. Señaló que ello equivaldría a otorgar un “cheque en blanco” a las autoridades, al permitirles revocar permisos, autorizaciones o concesiones de manera arbitraria.

El académico de la Universidad Panamericana Juan Pablo Gómez Fierro destacó que eliminar o limitar la figura de la “suspensión” dentro del juicio de amparo dejaría a la población expuesta a actos arbitrarios de la autoridad. Explicó que, sin este mecanismo de protección, en muchos casos el amparo perdería sentido, ya que los actos reclamados podrían ejecutarse completamente antes de obtener una resolución judicial.

El sábado 11 de octubre continuaron los trabajos, esta vez con el tema “Interés legítimo” en el contexto del Juicio de Amparo, donde participaron 10 ponentes, de los que destacamos algunas participaciones.

El especialista en Derecho Constitucional, Electoral y Derechos Humanos, Armando Hernández Cruz, se refirió las reformas al artículo 5° de la Ley de Amparo que se plantean en la minuta al señalar que podrían limitar la posibilidad de la protección de los “Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales” (DESCA).

Apunto que “no es lo mismo el interés legítimo en derechos individuales que en derechos colectivos”, pue dijo que las actuales reformas podrían dejar sin protección ciertos tipos de amparo, sobre todo en materia ambiental, dado que son prácticamente una afectación para todas las personas sin distinción. Refirió que las reformas a la Ley de Amparo del 2011, al separar el interés simple, jurídico y legítimo, lograron ampliar su protección hacia los llamados DESCA.

El presidente del Colegio Nacional de Profesionistas con Posgrado en Derecho A.C., Juan Rabindrana Cisneros García, resaltó que el tema de amparo es sumamente difícil y técnico. Señaló que otro punto es que estos juicios son muy lentos, pues, aunque hay plazos, la realidad es que, de acuerdo a la carga en los juzgados, los asuntos se vuelven lentos y casi siempre se van al recurso de revisión, proceso que podría tardar hasta un año.

En materia de Aduanas dijo que existen problemas graves, pues señaló que si alguien se equivoca al momento de etiquetar cualquier producto la multa actual es del 2% sobre el precio de la mercancía. Con las nuevas reglas, dijo, las multas van a subir hasta un 250% lo que “por un lado es una locura y contraviene el TLCAN”, además de que no facilita nada. Apuntó que de recurrir a un recurso de amparo este podría tardar hasta dos años, y que probablemente, siendo artículos perecederos en su mayoría, habría grandes pérdidas.

Por su parte el director general de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales del Órgano de Administración Judicial, Arturo Guerrero Zazueta, reconoció la apertura al debate y que se hicieran algunos cambios a la inactiva. Sin embargo, dijo que su intervención la resumiría en la frase “estamos tratando de arreglar algo que no está roto”, al querer fijar en la ley lo que se entiende por “interés legítimo” cuando esta parte en específico realmente no ha sido problemática.

Apuntó que la forma en que se ha construido el concepto ha permitido que se vaya ampliando con el tiempo y que sentarlo ahora en la ley parecería que se está poniendo en duda sobre si las personas juzgadoras lo van aplicar o no, además de que se estaría abriendo la puerta a nuevas interpretaciones más restrictivas.

Juan Carlos Ávila López, especialista en amparo y garantías constitucionales, afirmó que el interés legítimo es un logro del Sistema Jurídico Mexicano para la tutela de derechos colectivos reconocidos en la Constitución Política, pero no se puede concentrar su defensa exclusivamente en el juicio de amparo.

La Audiencias Públicas continuarán este 13 de octubre y se espera que este mismo día hacia las seis de la tarde, las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público se reúnan para el debate, discusión y en su caso aprobación de la minuta.