* El ITE exhibió al municipio y lo sancionó conforme lo marca la ley
El Ayuntamiento de Atlangatepec fue exhibido y sancionado por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) luego de incumplir con una de las obligaciones que la ley impone a los municipios al término de los procesos electorales: colaborar con la autoridad electoral en el retiro de propaganda política y rendir un informe de las acciones realizadas.
Durante la sesión de este martes, el Consejo General del ITE aprobó el Acuerdo ITE-CG 33/2026, mediante el cual resolvió el Procedimiento Ordinario Sancionador CQD/Q/ATL/CG/018/2026 e impuso una amonestación pública al Ayuntamiento por no informar sobre el retiro de propaganda electoral en su demarcación.
El caso deriva de las quejas presentadas tras el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 por la permanencia de propaganda que los partidos políticos no retiraron. Ante ese incumplimiento, el ITE solicitó a diversos ayuntamientos apoyar en el retiro del material y remitir un informe detallado de las labores efectuadas, petición que Atlangatepec dejó sin atender.
La legislación electoral de Tlaxcala faculta al ITE para requerir la intervención de los municipios cuando los partidos incumplen con el retiro de propaganda. En esos casos, las autoridades municipales deben presentar un reporte con la ubicación del material retirado, la cantidad y tipo de propaganda, los comprobantes de los gastos realizados o, en su caso, informar que ya no existía propaganda en el lugar.
Sin embargo, el Ayuntamiento de Atlangatepec no entregó el informe solicitado, lo que motivó el inicio del procedimiento sancionador.
Incluso, la propia administración municipal reconoció ante el órgano electoral que recibió la solicitud de apoyo y aceptó que omitió presentar el informe correspondiente, situación que fue considerada por el Consejo General como un elemento suficiente para acreditar la infracción.
“Se advierte que el Ayuntamiento reconoció de manera expresa que este Instituto realizó una solicitud de apoyo para el retiro de la propaganda electoral y el informe respectivo; asimismo reconoció la omisión de rendirlo, lo que robustece el sentido de la presente determinación”, señala la resolución aprobada por el ITE.
Con esta decisión, el organismo electoral reiteró que la colaboración de los ayuntamientos es una obligación legal y no una facultad discrecional, por lo que el incumplimiento puede derivar en sanciones como la amonestación pública impuesta al municipio de Atlangatepec.
