Para el período comprendido entre el 12 de junio de 2025 y el 11 de junio de 2029
El Congreso local, en sesión extraordinaria, aprobó la convocatoria que establece el procedimiento de elección de la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y de los integrantes de su Consejo Consultivo. Esta convocatoria fue elaborada por las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como de la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación, Justicia y Asuntos Políticos.
La convocatoria será publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y está dirigida a todas las personas interesadas que reúnan los requisitos legales y de elegibilidad, para que se registren como aspirantes.
Asimismo, se invita a las asociaciones civiles, organizaciones sociales, asociaciones y colegios de profesionistas a que, en su caso, respalden a las personas que consideren idóneas para que se inscriban como aspirantes a ocupar la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y para integrar el Consejo Consultivo de la misma, para el período comprendido entre el 12 de junio de 2025 y el 11 de junio de 2029.
La persona que actualmente ostenta el cargo de presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos podrá hacer uso de su derecho a la reelección, conforme lo establece la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como el Consejo Consultivo de dicho órgano.
La convocatoria establece que, para ser titular de la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos e integrante del Consejo Consultivo, los aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mexicano y ciudadano tlaxcalteca o, en su caso, habitante del Estado con una antigüedad mínima de cinco años a la fecha del nombramiento.
- Estar en pleno goce de sus derechos políticos y civiles.
- Acreditar capacidad y experiencia de al menos cinco años en materia de derechos humanos o en actividades relacionadas con la protección, observancia y promoción de los derechos humanos.
- Gozar de buena reputación.
- No haber sido objeto de recomendación por parte de algún organismo público defensor de los derechos humanos en México.
- No haber sido condenado por la comisión de un delito doloso ni estar inhabilitado para desempeñar cargos públicos.
- Ser licenciado en Derecho con título y cédula profesional o en cualquier otra carrera afín a las ciencias sociales o humanísticas.
- No ser servidor público de la Federación, el Estado o el Municipio en el momento de la designación.
- No haber sido gobernador o servidor público de primer nivel en la administración pública estatal, fiscal general de justicia del Estado, diputado local, senador, diputado federal o presidente municipal durante el año previo a la designación.
- No ser ministro de algún culto religioso ni miembro activo del Ejército o Fuerzas Armadas del país.
- Aprobar el examen de conocimientos, conforme a los términos de la presente convocatoria.
Además, se llevará a cabo una evaluación de los aspirantes que incluirá un examen de conocimientos y un proceso de elección, a cargo de las comisiones correspondientes. Estas comisiones considerarán la experiencia, el prestigio y la trayectoria profesional de los aspirantes.
El dictamen correspondiente será emitido por el Sínodo, quien evaluará la buena fama, el ensayo y el informe de resultados con las calificaciones obtenidas. Este dictamen fundado y motivado validará el proceso de selección de la persona titular de la Presidencia e integrantes del Consejo Consultivo, y contendrá los nombres de los aspirantes que resulten idóneos para ocupar dichos cargos.
