- La suspensión se extenderá a una amplia gama de organismos judiciales, incluyendo los Plenos Regionales y Tribunales Colegiados de Circuito
La tarde de este viernes, el Poder Judicial de la Federación anunció la suspensión formal de labores jurisdiccionales a partir del primer minuto del 21 de agosto de 2024. Esta medida afectará a todos los órganos que tienen la responsabilidad de la administración de justicia a nivel federal.
En el documento emitido se detalla que la suspensión se extenderá a una amplia gama de organismos judiciales, incluyendo los Plenos Regionales, los Tribunales Colegiados de Circuito y sus auxiliares, así como los Tribunales Laborales Federales, los Juzgados de Distrito y sus auxiliares, y el Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones.
Durante el período de suspensión se interrumpirán los plazos procesales y se adoptarán medidas para proteger los derechos de las partes involucradas. No obstante, los órganos judiciales deberán atender los casos urgentes que no admitan demora, siguiendo las disposiciones de guardias y atención de asuntos urgentes.
De igual forma, en dicho documento se exhorta a todas las partes interesadas y justiciables a tomar las previsiones necesarias para evitar perjuicios en la tramitación de sus asuntos debido a que esta suspensión de labores se mantendrá vigente mientras la autoridad competente así lo determine, conforme a las disposiciones legales y administrativas aplicables.
¿Qué órganos abarcará la suspensión?
Plenos Regionales del Poder Judicial de la Federación: Órganos colegiados que atienden asuntos dentro de sus respectivas circunscripciones territoriales.
Tribunales Colegiados de Circuito: Tribunales encargados de la resolución de recursos de apelación, amparo directo y otros medios de impugnación.
Tribunales Colegiados de Circuito Auxiliares: Apoyan a los Tribunales Colegiados de Circuito en la gestión de asuntos y en la reducción del rezago jurisdiccional.
Tribunales Colegiados de Apelación: Conocen en segunda instancia los recursos interpuestos contra resoluciones de Juzgados de Distrito.
Centros de Justicia Penal Federal: Especializados en la justicia penal federal en primera instancia.
Juzgados de Distrito: Atienen juicios de amparo indirecto, juicios ordinarios y otros procedimientos jurisdiccionales de primera instancia.
Juzgados de Distrito Auxiliares: Similar a los Tribunales Colegiados de Circuito Auxiliares, apoyan en la resolución de asuntos para descongestionar la carga de trabajo.
Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones: Especializado en el control judicial de medidas restrictivas como el arraigo y la intervención de comunicaciones.
Tribunales Laborales Federales de Asuntos Individuales y Colectivos: Resuelven conflictos laborales tanto individuales como colectivos dentro de la justicia federal.
CON INFORMACIÓN DE: PUBLIMETRO

