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	<title>RESOLUCION</title>
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		<title>Resuelve TET impugnaciones sobre diversas candidaturas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 24 May 2024 06:15:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Estado]]></category>
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		<category><![CDATA[CANDIDATURAS]]></category>
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					<description><![CDATA[<p> El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) resolvió diversos expedientes, entre los que se encuentran medios de impugnación que controvirtieron principalmente candidaturas de ayuntamientos y diputaciones. En el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-104/2024, quienes representan las magistraturas del TET, confirmaron el Acuerdo ITE-CG 185/2024 emitido por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones [&#8230;]</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/resuelve-tet-impugnaciones-sobre-diversas-candidaturas/">Resuelve TET impugnaciones sobre diversas candidaturas</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><strong> </strong>El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) resolvió diversos expedientes, entre los que se encuentran medios de impugnación que controvirtieron principalmente candidaturas de ayuntamientos y diputaciones.</p>
<p style="text-align: justify;">En el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-104/2024, quienes representan las magistraturas del TET, confirmaron el Acuerdo ITE-CG 185/2024 emitido por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), mediante el cual aprobó la solicitud de registro de candidaturas para la elección de titulares de presidencias de comunidad, presentadas por el partido Fuerza por México, para el presente Proceso Electoral Local Ordinario.</p>
<p style="text-align: justify;">Ante la sustitución de una persona como candidato a la presidencia de comunidad de La Trinidad Tepehitec, quien promovió este medio de impugnación, se constató que el requerimiento que realizó el Consejo General del ITE al Partido político, dejó al instituto político en total libertad para realizar las modificaciones pertinentes, con la finalidad de que se diera cumplimiento al principio de paridad de género,</p>
<p style="text-align: justify;">Al tratarse de un mandato constitucional y convencional, el cual debe prevalecer sobre los intereses particulares de un ciudadano o partido político, se declaró infundado el agravio expuesto por el promovente y también, se retomó el criterio sostenido por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación, en el que ha sostenido que “este tipo de sustituciones, en donde se realizan en un periodo extraordinario de la etapa de registro de candidaturas en acatamiento a un mandato expreso de la autoridad administrativa electoral a fin de observar y garantizar una regla constitucional y legal de postulación no se encuentran estrictamente sujeta a la garantía de audiencia previa al ser emitidas de manera extraordinaria y en plazos muy reves”.</p>
<p style="text-align: justify;">De esta manera, se estimó apegada a derecho dicha sustitución cuyo cumplimiento es de carácter obligatorio, por lo que se confirmó el Acuerdo del ITE-</p>
<p style="text-align: justify;">Posteriormente, se abordó el expediente del Juicio Electoral número TET-JE-108/2024, promovido para controvertir la candidatura de un presidente de Comunidad del municipio de Papalotla, aprobado en el Acuerdo ITE-CG 167/2024, emitido por el Consejo General del ITE a través del cual, resolvió sobre la solicitud del Partido de la Revolución Democrática (PRD) para el registro de sus candidaturas al cargo de titulares de Presidencias de Comunidad.</p>
<p style="text-align: justify;">Al respecto, el Pleno determinó que dicho medio de impugnación fue improcedente al ser inexistente el actor impugnado, pues la candidatura que se pretendió impugnar, no formaba parte del acuerdo al que hacía referencia el escrito de demanda, por lo que el asunto fue sobreseído por unanimidad de votos.</p>
<p style="text-align: justify;">Posteriormente se dio paso a la presentación de la propuesta de resolución del Juicio de Conflictos o Diferencias Laborales número TET-JCDL-030/2024, en el que se elevó el convenio de las partes a cosa juzgada.</p>
<p style="text-align: justify;">Lo anterior porque dentro de la sustanciación del presente juicio, el día quince de mayo, se presentó al Tribunal a través del representante legal del ITE, la voluntad de celebrar un convenio para la terminación de este expediente, por lo que, tras la firma y ratificación del convenio, la denunciante recibió el cheque y su respectiva póliza, por la cantidad convenida. Con lo que se ordenó el archivo del expediente como asunto totalmente concluido.</p>
<p style="text-align: justify;">En lo que corresponde al Juicio Electoral TET-JE-083/2024 Y ACUMULADOS, primeramente se acumularon los expedientes del 83 al 87, 91, 100 y 107 de este año. De estos, fueron desechadas las demandas 83, 84, 91 y 107, presentadas por diversos actores y representantes partidistas; en contra del Consejo General del ITE, quienes impugnaron el acuerdo ITE-CG-148/2024 mediante el cual se resolvió respecto de la solicitud de registro de candidaturas para la elección de integrantes de Ayuntamientos, presentadas por el partido político MORENA para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023 – 2024.</p>
<p style="text-align: justify;">En lo correspondiente a los juicios electorales 83, 84 y 91 se actualizó la causal de improcedencia consistente en que los actos reclamados no afectaron el interés jurídico de los actores, pues de lo contenido en sus escritos de demanda no se advierte que aduzcan la vulneración de algún derecho sustancial en su agravio, pues sus argumentos fueron insuficientes, en razón de que no demostraron alguna afectación individualizada, cierta, directa e inmediata a la esfera jurídica de sus derechos.</p>
<p style="text-align: justify;">Respecto al presunto incumplimiento del requisito de residencia previsto en la Ley, del que se señaló a un candidato a una presidencia municipal, las constancias acreditaron el cumplimiento de dicho requisito; en tanto que, de su participación simultánea en el proceso interno de MORENA , se consideró válido que una persona pueda participar en dos o más procesos internos simultáneamente, siempre y cuando se cumplan ciertos supuestos, como lo es que, se traten del mismo partido o bien, que sea en procesos internos de partidos políticos que estén coaligados, situación que se dio en los actos señalados en este medio de impugnación, por lo que  al resultar infundados los agravios, se confirmó el acuerdo impugnado.</p>
<p style="text-align: justify;">En lo que respecta al Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-101/2024 Y ACUMULADOS, se confirmó la resolución ITE-CG 163/2024, del Consejo General del ITE respecto de la solicitud de registro de candidaturas para la elección de integrantes de Ayuntamientos, presentadas por el Partido Nueva Alianza Tlaxcala para el presente proceso electoral, pues resultaron infundados los agravios promovidos.</p>
<p style="text-align: justify;">Los asuntos presentados por diversos aspirantes a cargos de elección popular al Ayuntamiento de Tlaxcala, para controvertir su sustitución como candidatos para ser registrados por el Partido Nueva Alianza Tlaxcala y aprobados por el Consejo General del ITE mediante el acuerdo ITE-CG 163/2024, el pasado 5 de mayo, además de acumularse, se estudió que las candidaturas fueron reservadas para que el partido diera cumplimiento a la normatividad de paridad de género, así como con las acciones afirmativas, conforme a los Lineamientos de Registro y los Lineamientos de Paridad.</p>
<p style="text-align: justify;">Por tanto, el requerimiento formulado por el ITE y la solventación realizada por el partido en sus candidaturas originalmente propuestas, se consideró como una fase extraordinaria de los registros, los cuales deben cumplir el orden constitucional y legal que garantice la participación efectiva de la mujer en la vida política y de aquellos grupos sociales que históricamente han sido invisibilizados como lo son las Juventudes, las personas indígenas, de la comunidad LGBTTTIQ+  y con discapacidad.</p>
<p style="text-align: justify;">De esta manera el partido realizó las adecuaciones correspondientes para dar cumplimiento al requerimiento efectuado por el Consejo General del ITE, sin que exista obligación del Instituto o del partido político de otorgarles el derecho de audiencia, por lo que al no asistirles la razón, se confirmó el registro de las fórmulas de los integrantes del Ayuntamiento de Tlaxcala, aprobadas por el ITE.</p>
<p style="text-align: justify;">El último asunto presentado al Pleno fue el Juicio Electoral TET-JE-088/2024, en el que se ordenó la modificación de la resolución ITE-CG 158/2024.</p>
<p style="text-align: justify;">Este asunto promovido por el Partido Alianza Ciudadana impugnó la solicitud de registro de candidaturas para la elección de integrantes de ayuntamientos, presentadas por el Partido Verde Ecologista de México para el proceso electoral ordinario 2023-2024, reservadas mediante la resolución ITE-CG 122/2024, específicamente en lo correspondiente a la aprobación del candidato propietario a la presidencia municipal de Xaltocan.</p>
<p style="text-align: justify;">El Partido Actor afirmó que el Consejo General del ITE actuó contra derecho al otorgar en la Resolución Impugnada el registro al candidato impugnado, ya que el señalado en el proceso ordinario previo, fue postulado por el partido político Redes Sociales Progresistas (RSP) sin mediar coalición o candidatura común, por el que fue electo como presidente municipal de Xaltocan al obtener el mayor número de votos.</p>
<p style="text-align: justify;">En tanto que, para el presente proceso, el actor denunciado busca reelegirse como presidente municipal de Xaltocan postulado ahora por el Partido Verde, es decir, por un partido político diverso a aquel que lo postuló en la elección anterior, y al carecerse de una constancia de que el candidato haya renunciado al partido político o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, se impugnó su postulación.</p>
<p style="text-align: justify;">En el análisis del caso se conoció que el Candidato nunca se ostentó ni se aportó prueba de que fuera militante de RSP,  sino incluso hay evidencia tendente a demostrar que no lo es. En ese sentido, el Candidato no se ubicó en el supuesto de tener que presentar constancia de que había presentado renuncia a la militancia, no lo obliga a presentarla acreditar la pérdida de la militancia o algún otro que pruebe desvinculación con el partido político, ni tampoco alguna declaración de no tener militancia o vinculo partidista.</p>
<p style="text-align: justify;">Se concluyó que no hay elementos para determinar que el ITE debió negar el registro al demandado como candidato a presidente municipal de Xaltocan para elegirse de forma consecutiva, pero como no motivó sobre el cumplimiento del requisito analizado de reelección del Candidato, las razones expuestas en la sentencia dictada sobre dicha temática deben quedar como parte de la motivación de la Resolución Impugnada, razón por la que se propuso modificar la Resolución ITE–CG 158/2024.</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/resuelve-tet-impugnaciones-sobre-diversas-candidaturas/">Resuelve TET impugnaciones sobre diversas candidaturas</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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		<item>
		<title>RECONOCE TLAXCALA RESOLUCIÓN DE LA PROCURADURÍA FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 15 Jan 2024 20:32:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Estado]]></category>
		<category><![CDATA[Africam Safari]]></category>
		<category><![CDATA[Benito]]></category>
		<category><![CDATA[gobierno de Tlaxcala]]></category>
		<category><![CDATA[JIRAFA]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El gobierno estatal agradece a la dependencia federal y desea lo mejor a Benito en su nuevo hogar El Gobierno de Tlaxcala agradeció a la Procuraduría Federal para la Protección al Ambiente (Profepa) por considerar al Zoológico del Altiplano de Tlaxcala como una opción para recibir a la Jirafa Benito, pues ello demuestra las atribuciones [&#8230;]</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/reconoce-tlaxcala-resolucion-de-la-procuraduria-federal-para-la-proteccion-al-ambiente/">RECONOCE TLAXCALA RESOLUCIÓN DE LA PROCURADURÍA FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li style="text-align: justify;">El gobierno estatal agradece a la dependencia federal y desea lo mejor a Benito en su nuevo hogar</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">El Gobierno de Tlaxcala agradeció a la Procuraduría Federal para la Protección al Ambiente (Profepa) por considerar al Zoológico del Altiplano de Tlaxcala como una opción para recibir a la Jirafa Benito, pues ello demuestra las atribuciones y acreditaciones a nivel técnico y clínico que tiene este recinto.</p>
<p style="text-align: justify;">Aunque la resolución no fue favorable, pues se determinó que Benito fuera reubicado en “Africam Safari”, ubicado en el estado Puebla, la directora del Instituto de Fauna Silvestre para el Estado de Tlaxcala (Ifast), Sonia Tepatzi Carranco reconoció el trabajo realizado en favor de la jirafa.</p>
<p style="text-align: justify;">“Reconocemos y valoramos el proceso y nos comprometemos a colaborar plenamente con las autoridades federales para garantizar un traslado digno y brindar el mejor cuidado al ejemplar”, señaló.</p>
<p style="text-align: justify;">Agregó que se mantendrá una buena relación como zoológicos hermanos, contribuyendo al bienestar animal con dedicación y profesionalismo.</p>
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		<item>
		<title>Confirma TET Resolución de la CNJI de MC</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Nov 2023 19:20:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Estado]]></category>
		<category><![CDATA[CNJI]]></category>
		<category><![CDATA[MOVIMIENTO CIUDADANO]]></category>
		<category><![CDATA[RESOLUCION]]></category>
		<category><![CDATA[TET]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En la sesión extraordinaria celebrada este 27 de noviembre, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) resolvió asuntos promovidos por militantes del Partido Movimiento Ciudadano (MC), en la que se confirmó la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria que resolvió el procedimiento de inconformidad CNJI/014/2023, dictada el 22 de octubre de 2023. [&#8230;]</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/confirma-tet-resolucion-de-la-cnji-de-mc/">Confirma TET Resolución de la CNJI de MC</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">En la sesión extraordinaria celebrada este 27 de noviembre, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) resolvió asuntos promovidos por militantes del Partido Movimiento Ciudadano (MC), en la que se confirmó la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria que resolvió el procedimiento de inconformidad CNJI/014/2023, dictada el 22 de octubre de 2023.</p>
<p style="text-align: justify;">En el proyecto de acuerdo sobre cumplimiento de una resolución de reencauzamiento emitida dentro del juicio de la ciudadanía identificado con el número TET-JDC-45/2023 promovido por militantes de MC en contra de la omisión del partido político para convocar a la Convención Estatal con el objetivo de renovar la Comisión Operativa Estatal, de cual esta autoridad jurisdiccional determinó reencauzar la demanda a la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria para que conociera y resolviera la controversia planteada conforme a sus atribuciones y al acatarse su atención en el plazo establecido, el TET tuvo por cumplida la resolución.</p>
<p style="text-align: justify;">En tanto, sobre el proyecto de sentencia en el juicio de la ciudadanía número TET-JDC-063/2023 que promovieron los mismos militantes de MC en contra de la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Intrapatidaria de este instituto político que resolvió el procedimiento de inconformidad CNJI/014/2023, dictada el 22 de octubre de 2023, mediante el cual no se dio acceso a la pretensión de que se llevara a cabo el procedimiento partidista para renovar a las personas integrantes de la Comisión Operativa Estatal  y ante el fundamento emitido en tal procedimiento, el TET confirmó la resolución de la Comisión.</p>
<p style="text-align: justify;">En este sentido, se detalló que la decisión de la Comisión de Justicia de MC no afectó los derechos de las Personas Actoras, pues en cuanto se emitan las convocatorias correspondientes, estas podrán participar en los procesos internos de selección de candidaturas y en el procedimiento para renovar la Comisión Operativa Estatal.</p>
<p style="text-align: justify;">Al resultar inoperantes e ineficaces los agravios de las personas actoras se propuso confirmar la resolución impugnada emitida por la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidista de MC, misma que fue aprobada por unanimidad de quienes integran el Pleno del TET.</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/confirma-tet-resolucion-de-la-cnji-de-mc/">Confirma TET Resolución de la CNJI de MC</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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		<item>
		<title>INE aprueba modelo para primera votación presidencial desde prisión preventiva</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 04 Nov 2023 16:52:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[La de 8]]></category>
		<category><![CDATA[Nacional e Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Cárcel]]></category>
		<category><![CDATA[Claudia Zavala]]></category>
		<category><![CDATA[INE]]></category>
		<category><![CDATA[Personas en Prisión Preventiva]]></category>
		<category><![CDATA[RESOLUCION]]></category>
		<category><![CDATA[votación presidencial]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Convenios con autoridades solicitarán que se transmitan debates y se garantice a presos que su voto será libre y secreto “nadie podrá comprobar ni ventilar su voto”. Por primera vez, la renovación de la Presidencia de la República también la definirán las Personas en Prisión Preventiva (PPP). El Instituto Nacional Electoral aprobó el modelo y [&#8230;]</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/ine-aprueba-modelo-para-primera-votacion-presidencial-desde-prision-preventiva/">INE aprueba modelo para primera votación presidencial desde prisión preventiva</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2 class="nd-title-headline-title-headline-base__abstract" style="text-align: justify;">Convenios con autoridades solicitarán que se transmitan debates y se garantice a presos que su voto será libre y secreto “nadie podrá comprobar ni ventilar su voto”.</h2>
<p style="text-align: justify;">Por primera vez, la renovación de la Presidencia de la República también la definirán las Personas en Prisión Preventiva (PPP). El Instituto Nacional Electoral aprobó el modelo y los lineamientos de la votación, que determinaron que quienes soliciten su credencial las recibirán con la dirección del centro penitenciario y habrá una intensa campaña de voto libre y secreto, para que tengan la certeza de que nadie podrá presionar ni saber o confirmar su voto.</p>
<p style="text-align: justify;">En 2018, grupos indígenas de Chiapas alegaron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación su derecho a votar, si se encontraban en prisión preventiva, por lo que al no haber sido sentenciados no habían perdido sus derechos políticos-electorales, lo que la Sala Superior confirmó y ordenó al Instituto Nacional Electoral pruebas piloto para permitir el voto a todas las PPL en 2024 para la elección presidencial.</p>
<p style="text-align: justify;">Después de la primera prueba piloto que se realizó en cinco penales del país en las elecciones del 2021 para diputaciones y la más reciente en la elección del Estado de México y Coahuila, el universo para la elección presidencial del 2024 contempla 92 mil 792 personas en prisión preventiva que se ubican en 282 centros penitenciarios de las 32 entidades del país.</p>
<p style="text-align: justify;">La votación anticipada se prevé del 6 al 20 de mayo y podrá extenderse durante estos 15 días consecutivos en un horario de 8:00 a 17:00 horas, por lo que se les aplicará tinta indeleble para evitar duplicidades en estos casos. Y serán las autoridades correspondientes las que indiquen en cuáles centros penitenciarios se tienen las capacidades físicas, operativas y de seguridad para que se realice esta votación.</p>
<p style="text-align: justify;">El consejero Arturo Castillo explicó que determinaron que las Personas en Prisión Preventiva que soliciten su credencial de elector para poder ejercer este derecho, las recibirán con el domicilio del centro penitenciario en el que se encuentran, pues es la mejor solución para maximizar sus derechos.</p>
<p style="text-align: justify;">“Se llegó a la conclusión de que lo más viable, no sólo en temas logísticos y operativos sino en maximización de derechos, es el centro penitenciario donde se encuentran recluidos y esto impacta en la votación, una persona que se encuentra fuera de la entidad federativa no puede votar por los cargos de esa entidad.</p>
<p style="text-align: justify;">“Es decir, si hubiéramos votado por el domicilio que aparece en su credencial, hubiéramos provocado una gran afectación de derechos porque algunos están en entidades que no les corresponde, así permitimos la votación de todos y lo consideramos mucho más expansivo de la garantía de derechos”.</p>
<p style="text-align: justify;">La consejera Claudia Zavala destacó que el principal reto para el INE, después de los resultados de las pruebas piloto anteriores, es garantizarle a las y los interesados, que nadie puede manipular su voto ni comprobar por quién votaron.</p>
<p style="text-align: justify;">“Que sepan que se garantiza la secrecía y no se podrá comprobar ni ventilar en ninguna parte de quién vota por quién, porque nuestro reto como institución será plantearles que están en absoluta libertad de elegir a quien definan y que su voto será libre y secreto”.</p>
<p style="text-align: justify;">Por lo que solicitó que se refuercen los convenios de colaboración con las autoridades correspondientes, para que incluso, se puedan transmisión los debates para garantizar un voto libre e informado.</p>
<p style="text-align: justify;">“Es importante que en estos convenios de colaboración pidamos que en los sistemas de difusión que se usa al interior, donde hay televisión en la mayoría, puedan tener acceso a los debates y que nosotros empecemos a socializar quiénes son las y los candidatos y qué proponen, porque en entidades como en la Ciudad de México donde ya se reconoce este derecho, puedan tomar una decisión informada”.</p>
<p style="text-align: justify;">El modelo señala que para la votación, se requerirán dos mesas, una para el personal del INE y la documentación electoral y otra donde se colocará la mampara especial y una silla para que la PPP pueda votar cómodamente y de forma secreta.</p>
<p style="text-align: justify;">Las personas que no sepan leer o tengan alguna discapacidad serán auxiliares por el personal autorizado del instituto.</p>
<p style="text-align: justify;">Se les entregará la boleta federal con el sobre de seguridad, y en caso de tener votaciones locales, las boletas y el sobre correspondiente, un instructivo para votar y la lista de las plataformas político-electorales de las candidaturas y los Sobres del Paquete Electoral de Seguridad del Voto que cuentan con los datos de la PPP y el Centro Penitenciario. Y este material será entregado al INE una vez que hayan concluido la votación.</p>
<p style="text-align: justify;">Con información de: <a href="http://www.milenio.com/">www.milenio.com/</a></p>
<p style="text-align: justify;">
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/ine-aprueba-modelo-para-primera-votacion-presidencial-desde-prision-preventiva/">INE aprueba modelo para primera votación presidencial desde prisión preventiva</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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