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	<title>Código Civil</title>
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		<title>Bedolla: inversión rumbo al Cereso</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Martín Rodríguez Hernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Jan 2025 11:00:44 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Innombrable]]></category>
		<category><![CDATA[Arturo Lucio Salas Miguela]]></category>
		<category><![CDATA[CAMIÓN USADO]]></category>
		<category><![CDATA[Código Civil]]></category>
		<category><![CDATA[DANAE FUGUEROA MARTÍNEZ]]></category>
		<category><![CDATA[Hueyotlipan]]></category>
		<category><![CDATA[INNOMBRABLE]]></category>
		<category><![CDATA[MARTIN RODRIGUEZ HERNANDEZ]]></category>
		<category><![CDATA[OFS]]></category>
		<category><![CDATA[recursos públicos]]></category>
		<category><![CDATA[SOBREPRECIO]]></category>
		<category><![CDATA[SOSTENES E BEDOLLA ESPINOZA]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Personalmente, no entiendo a esa fauna política que llega a través de un partido político y, tres Doritos después, aparece en imágenes coqueteando con otras siglas. Evidencia de que su único interés es primero yo, después yo y, al final yo. Esto ocurre con el presidente municipal de Hueyotlipan, el hombre que, pese a su [&#8230;]</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/cereso-ayer-zacatelco-manana-hueyotlipan/">Bedolla: inversión rumbo al Cereso</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Personalmente, no entiendo a esa fauna política que llega a través de un partido político y, tres Doritos después, aparece en imágenes coqueteando con otras siglas. Evidencia de que su único interés es primero yo, después yo y, al final yo.</p>
<p style="text-align: justify;">Esto ocurre con el presidente municipal de Hueyotlipan, el hombre que, pese a su descarada prostitución política, contó con el respaldo de la líder estatal de Movimiento Ciudadano (MC), Danae Figueroa Martínez, esto luego de que el alcalde recibiera la visita de los amigos de lo ajeno en su hogar.</p>
<p style="text-align: justify;">A mi parecer, la salida más que anticipada de Sóstenes E. Bedolla Espinoza, del partido fundado por el jarocho Dante Delgado Rannauro, es lo mejor que le puede pasar a este instituto político en Tlaxcala.</p>
<p style="text-align: justify;">Y no es mi imaginación, deseo o algún sentimiento en particular, simple sentido común, porque nadie quiere cargar con el desprestigio de otros.</p>
<p style="text-align: justify;">Quizá, la salida de <strong>Bedollla Espinoza</strong> es porque en Morena ya le leyeron la cartilla y, paralelamente, le prometieron cuidarle las espaldas, luego de que se dé a conocer que el ciudadano presidente <strong>compró</strong> un camión usado, en más de <strong>2 millones de pesos sin licitar.</strong></p>
<p style="text-align: justify;">De acuerdo a la información que ya está analizando el Órgano de Fiscalización Superior, el todavía alcalde naranja adquirió este vehículo de Marca Internacional, año 2010, por la cantidad de 2 millones 47 mil 368 pesos.</p>
<p style="text-align: justify;">Quizá sus abogados, a los que tiene en una nómina oculta (según regidores), no le advirtieron que su compra es ilegal, con todo y que el hecho fue fundado en el Artículo 1856, del <strong>Código Civil de Tlaxcala</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">El alcalde -o sus niños asesores- olvida que el Código Civil rige relaciones entre quienes actúan como <strong>particulares</strong> y aquí es un <strong>gobierno municipal</strong> el que hace el negocito. Olvidó también que el <strong>Ayuntamiento</strong> que preside, forma parte de la <strong>administración pública municipal</strong>, pues el municipio es una <strong>persona moral de derecho público</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">Les paso otros datos a él y a sus niños abogados, ya que el municipio ejerce recursos públicos; la <strong>adquisición del camión</strong> se rige y fundamenta en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Tlaxcala que:</p>
<p style="text-align: justify;">En su Artículo 1, señala que el objeto de dicha ley es regular. Entre otros supuestos, la contratación de adquisiciones de bienes muebles de los gobiernos municipales.</p>
<p style="text-align: justify;">En su Artículo 2, señala que son sujetos de dicha ley, entre otros, los gobiernos municipales e instituciones que ejerzan o apliquen recursos públicos.</p>
<p style="text-align: justify;">Quizá no es necesario, pero debo señalar que el presidente municipal de<strong> Hueyotlipan</strong> <strong>evadió la licitación pública</strong>, situación que lo puede llevar a la cárcel.</p>
<p style="text-align: justify;">Recordará usted -evidentemente él no-, que el OFS señaló al ex alcalde de Zacatelco por evadir la licitación, atribuyéndole ventas fraccionadas por 2 millones 233 mil 877 pesos. Por ello, el OFS denunció al ex presidente por el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades al considerar que hizo pagos ilegales, derivados de compras ilícitas, similares a las del actual edil de Hueyotlipan.</p>
<p style="text-align: justify;">Por lo antes descrito, el ex alcalde de Zacatelco fue condenado a seis meses de prisión y a la reparación del daño; es decir, a devolver 2 millones 233 mil 877 pesos. ¿De verdad, Bedolla Espinoza cree que Marcela González Castillo lo va a salvar de eso?</p>
<p style="text-align: justify;">Anticipo que el antecedente de Zacatelco podría ser una premonición, de la suerte que tendría el alcalde de Hueyotlipan, pues la adquisición del camión tiene todas las características de ser ilícita. A continuación le explico:</p>
<p style="text-align: justify;">El Artículo 22 de la Ley de Adquisiciones señala que se deben asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; además, se podrán contratar adquisiciones mediante los procedimientos de adjudicación consistentes en:</p>
<p style="text-align: justify;">a) Licitación pública<br />
b) Invitación a, cuando menos tres empresas<br />
c) Adjudicación directa</p>
<p style="text-align: justify;">Cada modalidad de adquisición está sujeta a reglas expresamente previstas en la ley y conforme a los topes de montos máximos que, para cada modalidad, se establezcan anualmente en el Presupuesto de Egresos del Estado.</p>
<p style="text-align: justify;">Sabiendo esto, porque para ese cargo se preparó y se está rentando, el presidente de Hueyotlipan evadió la licitación y no observó el Artículo 137 del Presupuesto de Egresos de nuestro Estado para el ejercicio fiscal 2024 que, para la licitación refiere que a los municipios les será aplicable un 30 por ciento del monto de 2 millones 288 mil 85 pesos.</p>
<p style="text-align: justify;">Es decir, si la adquisición es igual o superior a 656 mil 425 mil 536 pesos, se debe hacer licitación; además, para garantizar la entrega de los bienes adquiridos -precio calidad y vicios ocultos- se ha de solicitar garantía al proveedor, mediante cheques certificados de caja o póliza de fianza.</p>
<p style="text-align: justify;">Pese a la claridad de las reglas del munícipe, quien todavía goza de la protección del Movimiento Ciudadano, compró un camión por 2 millones 47 mil 368 pesos, sin hacer licitación; NO emitió convocatoria ni bases de licitación pública; la compra NO asegura las mejores condiciones de precio (el costo real en el mercado no rebasa 1 millón de pesos); tampoco asegura su calidad, pues compró un camión con 15 años de antigüedad; la compraventa NO estableció garantía mediante cheque certificado de caja o póliza de fianza y el contrato de compraventa NO estableció cuál es el destino o uso público que se le dará al camión.</p>
<p style="text-align: justify;">Por lo anterior, es claramente previsible, salvo que haya un acuerdo con Arturo Lucio Salas Miguela, titular del Órgano de Fiscalización Superior (OFS), que el Cereso será su próxima oficina de atención ciudadana.</p>
<p style="text-align: justify;">Por congruencia, el OFS debe medir con la misma vara, como lo hizo con el ex alcalde de Zacatelco.</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/cereso-ayer-zacatelco-manana-hueyotlipan/">Bedolla: inversión rumbo al Cereso</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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		<title>Propone Diputada María Guillermina Loaiza Cortero Reformar El Código Civil Y Penal Local</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Oct 2023 19:54:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Estado]]></category>
		<category><![CDATA[Código Civil]]></category>
		<category><![CDATA[LXIV Legislatura]]></category>
		<category><![CDATA[María Guillermina Loaiza Cortera]]></category>
		<category><![CDATA[Movimiento de Regeneración Nacional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Busca privilegiar el interés superior de las víctimas indirectas de feminicidio y contemplar lo relativo a la patria potestad. Durante la décima tercera sesión ordinaria de la LXIV Legislatura, la diputada María Guillermina Loaiza Cortera, integrante del grupo parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se [&#8230;]</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/propone-diputada-maria-guillermina-loaiza-cortero-reformar-el-codigo-civil-y-penal-local/">Propone Diputada María Guillermina Loaiza Cortero Reformar El Código Civil Y Penal Local</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>Busca privilegiar el interés superior de las víctimas indirectas de feminicidio y contemplar lo relativo a la patria potestad.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Durante la décima tercera sesión ordinaria de la LXIV Legislatura, la diputada María Guillermina Loaiza Cortera, integrante del grupo parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.</p>
<p style="text-align: justify;">Con esta iniciativa, la legisladora busca privilegiar el interés superior de las víctimas indirectas que resisten de forma directa la ausencia de quien fue ultimada por un feminicida y contemplar lo relativo a la patria potestad de quienes han quedado en situación de orfandad por feminicidio, como es el caso de las hijas e hijos de la víctima, que en muchas ocasiones también lo son del agresor.</p>
<p style="text-align: justify;">Además, de garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescente, a vivir en un medio de ambiente sano, en condiciones que permitan su desarrollo, bienestar, crecimiento saludable y armonioso, tanto físico como mental, material, espiritual, ético, cultural y social en conjunción con el acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal.</p>
<p style="text-align: justify;">Lo anterior, debido a que una de las consecuencias y efectos de los feminicidios en el país recaen principalmente en las víctimas indirectas, especialmente en las niñas y niños, cuya madre fue víctima de este delito, y se encuentra en situación de orfandad como secuela, ya que el evento traumático al que son sometidos ante tal pérdida, es acompañada por una incertidumbre jurídica que los revictimiza,al colocarlos en una especial condición de vulnerabilidad.</p>
<p style="text-align: justify;">Por su parte, la diputada María Guillermina, señaló que “cuando los juzgadores tienen que decidir una controversia, como es la pérdida de los derechos de la patria potestad, que incide sobre un menor de edad, deben tener en cuenta que éste requiere una protección legal reforzada, y que la única manera de brindar dicha protección, implica tener en cuenta todos sus derechos y el rol que juegan en la controversia sometida a su consideración, a fin de garantizar su bienestar integral.”</p>
<p style="text-align: justify;">Por lo que es necesario realizar un juicio de ponderación entre los derechos del menor a un desarrollo y bienestar íntegro, y el del progenitor a ejercer los derechos que emanan de la institución de la patria potestad, salvaguardando el interés superior de la niñez y buscando la solución más idónea a cada caso en particular.</p>
<p style="text-align: justify;">De esta manera, se propone reformar el párrafo primero, fracción III, del artículo 285 y párrafo primero, del artículo 288; y adicionar una fracción VII al artículo 285, y un artículo 289 BIS al Código Civil del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; así como reformar el párrafo séptimo del artículo 229 y adicionar un párrafo segundo y tercero del artículo 229 Ter del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.</p>
<p style="text-align: justify;">La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos y a la de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derechos de niñas, niños y adolescentes, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/propone-diputada-maria-guillermina-loaiza-cortero-reformar-el-codigo-civil-y-penal-local/">Propone Diputada María Guillermina Loaiza Cortero Reformar El Código Civil Y Penal Local</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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		<title>Propone Diputado Ever Campech Regular Actos Jurídicos Del Albacea Y Herederos En Juicios Sucesorios</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 09 Jun 2023 22:57:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Estado]]></category>
		<category><![CDATA[La de 8]]></category>
		<category><![CDATA[Código Civil]]></category>
		<category><![CDATA[CONGRESO]]></category>
		<category><![CDATA[reforma el artículo 3002]]></category>
		<category><![CDATA[sesión ordinaria de la Comisión Permanente]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se reforma el artículo 3002 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala. Al llevarse a cabo la segunda sesión ordinaria de la Comisión Permanente, se presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3002 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, [&#8230;]</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/propone-diputado-ever-campech-regular-actos-juridicos-del-albacea-y-herederos-en-juicios-sucesorios/">Propone Diputado Ever Campech Regular Actos Jurídicos Del Albacea Y Herederos En Juicios Sucesorios</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>Se reforma el artículo 3002 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Al llevarse a cabo la segunda sesión ordinaria de la Comisión Permanente, se presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3002 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, fundada y motivada por el diputado Ever Alejandro Campech Avelar.</p>
<p style="text-align: justify;">Durante la sesión de la Comisión Permanente del Congreso del Estado, se dio lectura para precisar que el diputado iniciador busca generar una reforma que fortalezca a la figura de “Albacea”, dotando de certeza jurídica a quienes acudan a ella y permitiendo a los fedatarios públicos, en el caso de bienes inmuebles, participen en la celebración de estas compraventas fundadas de buena fe.</p>
<p style="text-align: justify;">El legislador Ever Alejandro Campech, puntualizó que esta modificación no implica otorgar a los fedatarios un papel de juzgadores sustitutos, pues resultaría excesivo establecer que deba aprobarse ante aquellos, ya que se perdería de vista, que se trata de la supremacía del acuerdo de los herederos con el “Albacea”.</p>
<p style="text-align: justify;">El diputado proponente demostró en su exposición de motivos que resulta urgente  legislar en la materia, debido a que nuestro Código Civil vigente prevé la figura de venta de bienes por parte del Albacea, para el caso de que exista una deuda o algún gasto urgente; sin embargo no se precisa qué tipo de nombramiento se requiere para poder realizar esa clase de ventas, tampoco se precisa si la venta se debe realizar exclusivamente para saldar las deudas señaladas.</p>
<p style="text-align: justify;">Además de otras circunstancias que resultan necesarias de especificar para garantizar un procedimiento apegado a la Ley, el congresista, propuso especificar las reglas a las que se deberá de sujetar la venta de bienes inmuebles, obviamente con el acuerdo de los herederos.</p>
<p style="text-align: justify;">De esta manera se prioriza que el acuerdo y venta a través de la figura de “Albacea” goce de certeza jurídica y permita un óptimo desarrollo de sus funciones.</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/propone-diputado-ever-campech-regular-actos-juridicos-del-albacea-y-herederos-en-juicios-sucesorios/">Propone Diputado Ever Campech Regular Actos Jurídicos Del Albacea Y Herederos En Juicios Sucesorios</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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