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	<title>ADSCRIPCIÓN INDÍGENA</title>
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		<title>Nuevo revés al ITE: no debe exigir documental religiosa para acreditar adscripción indígena</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Arturo Escalante]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Feb 2024 00:22:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Estado]]></category>
		<category><![CDATA[La de 8]]></category>
		<category><![CDATA[ADSCRIPCIÓN INDÍGENA]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Resolvió el TET que exigirla para el registro de candidaturas transgrede el principio de laicidad previsto en la Constitución El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) ordenó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) modificar el acuerdo ITE-CG-107/2023 mediante el cual aprobó los Lineamientos que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas [&#8230;]</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/nuevo-reves-al-ite-no-debe-exigir-documental-religiosa-para-acreditar-adscripcion-indigena/">Nuevo revés al ITE: no debe exigir documental religiosa para acreditar adscripción indígena</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>Resolvió el TET que exigirla para el registro de candidaturas transgrede el principio de laicidad previsto en la Constitución</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) ordenó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) modificar el acuerdo ITE-CG-107/2023 mediante el cual aprobó los Lineamientos que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes para el registro de candidaturas para el proceso electoral local ordinario 2023-2024, a fin de que no tengan que presentarse documentales emitidas por autoridades eclesiásticas para acreditar una autoadscripción indígena.</p>
<p style="text-align: justify;">“El requisito consistente en que las personas aspirantes a una candidatura indígena puedan acreditar su autoadscipción calificada a través de alguna documental emitida por autoridades eclesiásticas, no cumple con los parámetros mínimos que rige la materia electoral, pues transgrede el principio de laicidad previsto en nuestra Carga Magna”, resolvieron por unanimidad de votos.</p>
<p style="text-align: justify;">De hecho, sostuvieron que si bien es cierto que para que la acción afirmativa verdaderamente se materialice es necesario demostrar el vínculo efectivo con constancias que emiten las instituciones sociales, económicas, culturales y políticas distintivas de la comunidad a la que se pertenece, precisaron que “de ningún modo dicha circunstancia puede sobreponerse a los principios constitucionales ya previstos, como lo es el de laicidad, que implica la separación del Estado y las instituciones religiosas”.</p>
<p style="text-align: justify;">La resolución del TET se dio después de que la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a los magistrados electorales locales estudiar sustancialmente el acuerdo impugnado en su momento por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), y contestar lo relativo a la probable vulneración del principio de laicidad.</p>
<p style="text-align: justify;">Cabe recordar que el TET ya había estudiado con anterioridad el acuerdo impugnado, pero solamente había modificado lo relativo a la exigencia, por parte del ITE, de pedir la carta de no antecedentes penales durante la solicitudes de registro de las candidaturas a los diferentes cargos que estarán en disputa el próximo 2 de junio.</p>
<p style="text-align: justify;">Por todo ello, y en lo que fue la última sesión encabezada por Claudia Salvador Ángel como presidenta del TET, el Pleno ordenó al ITE la modificación del acuerdo y de los Lineamientos en cuestión.</p>
<p>El cargo <a href="https://martinrodriguezhernandez.com/nuevo-reves-al-ite-no-debe-exigir-documental-religiosa-para-acreditar-adscripcion-indigena/">Nuevo revés al ITE: no debe exigir documental religiosa para acreditar adscripción indígena</a> apareció primero en <a href="https://martinrodriguezhernandez.com">Martín Rodríguez Hernández</a>.</p>
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